Este jueves, representantes de Renovación Nacional (RN) y la Unión Demócrata Independiente (UDI) recurrieron ante el Tribunal Constitucional (TC) por la reforma laboral despachada ayer del Congreso.
El diputado UDI Patricio Melero conversó con el programa Conexión Tele13 de Tele13Radio 103.3 FM y explicó las razones de Chile Vamos para apelar ante el proyecto de ley, que según el gremialista contiene “discriminaciones arbitrarias, en contra de la Constitución”.
Melero señaló que “el requerimiento es la expresión del fracaso que tuvimos en el trámite legislativo de convencer al gobierno de algunas normas que iban en contra de derechos esenciales de los trabajadores chilenos”.
Las claves para entender la Reforma Laboral
A la vez, destacó que las críticas al proyecto no solo llegaron desde la oposición, sino también de distintos expertos y personeros de la Nueva Mayoría.
“Dimos muchas vueltas, hubo muchas propuestas, para tratar de solucionar esto, pero creo que pudo más el exceso de una visión ideológica, y hubo un abuso de las mayorías que tienen en el Parlamento”, expresó Melero.
En esa línea, indica que existen cuatro temas fundamentales en su requerimiento:
-Titularidad sindical: “El primero de ellos tiene que ver con esta suerte de ‘obligación encubierta’ de que un trabajador para tener los beneficios de la negociación colectiva tenga que pertenecer a un sindicato, lo que se ha llamado titularidad sindical”, cuestiona.
- Grupos negociadores y el derecho a ir a huelga: “En aquellas partes en que no hay sindicato podrán existir grupos negociadores, pero ellos no van a tener el derecho a ir a la huelga y el derecho al fuero. En materia de extensión de beneficios, la reforma le da un derecho a veto al sindicato para extender los beneficios a los trabajadores no sindicalizados”, afirma Melero.
- Listas de salarios: “Los que obligan a entregar la información al sindicato de las listas nominativas de los salarios de las personas, creemos que eso afecta la garantía de los datos personales”.
- Negociación interempresa: “La obligación de negociación de sindicatos interempresas, que se hizo obligatorio en la comisión mixta, mientras para las más pequeñas empresas –las MicroPymes, de menos de 50 personas- queda de forma voluntaria”.