La Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) instruyó a las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (Compín) y a las Isapres que no corresponde rechazar las licencias médicas que pudiesen presentarse fuera de plazo por las y los trabajadores de las zonas declaradas en estado de excepción constitucional de catástrofe.   

En la Circular N.º 3804, del 5 de febrero de 2024, el regulador indicó, además, que las sanciones tampoco procederán, en el caso de los empleadores, por el atraso en la tramitación de las licencias médicas. 

Los trabajadores dependientes deben presentar la licencia médica al empleador dentro de dos o tres días hábiles según se trate de trabajadores del sector privado o público, respectivamente, contados desde el día hábil siguiente a la fecha de inicio del reposo médico. Los trabajadores independientes, por su parte, deben presentar la licencia dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha de inicio del reposo.

En caso de que las licencias médicas de papel se hayan destruido debido a los incendios, se emitirán licencias médicas de reemplazo.

Según el último balance entregado por el Servicio Médico Legal, a raíz de la emergencia han fallecido 131 personas, de las cuales solo 35 han logrado ser identificadas según datos correspondientes hasta el mediodía de este martes. Junto con eso, informaron que los equipos técnicos han desarrollado 82 autopsias.  

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