El resumen de estado de una tarjeta de crédito terminó con la separación de una pareja en Argentina, al quedar descubierta la infidelidad de una joven. 

Según consignó Clarín la pareja, que tenía 11 años de relación y un hijo en común, fue descubierta cuando el padre de la joven envió un resumen de los usos de su tarjeta de crédito personal, la cual había sido ocupada por su hija en el último mes.

El hombre mandó a modo de broma este documento, el que tenía entre sus ítemes un gasto realizado en un motel, el cual estaba estipulado dentro del papel como "Motel".

No obstante el joven, al observar esto, indicó que él nunca había ido a ese lugar junto a su pareja, como creía su suegro, por lo que se generó un escándalo que terminó con la separación definitiva de ambos. 

Esto debido a que la mujer terminó por reconocer que había ido al lugar junto a su amante. Las citas entre ambos habían sido frecuentes en los últimos meses.

Por esta situación la mujer inició una demanda contra la tarjeta de crédito y el hotel. Los culpó de avanzar contra su intimidad y privacidad, y de ser responsables de su divorcio, ocurrido en diciembre de 2008.

Por ello les exigió 70 mil pesos argentinos (cerca de un millón de pesos chilenos): 30 mil por daño moral, 20 mil más por daño psíquico y el resto por daño al proyecto de vida. Nunca negó el consumo ni su presencia en el lugar. Sí criticó que se ventilara el detalle a través del resumen. Para avanzar con el juicio citó la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto de San José de Costa Rica.

No obstante, la demanda fue rechazada por el 14º Juzgado de Rosario, debido a que certificaron que las dos instituciones demandadas habían actuado conforme a la ley. Pero lo peor de todo para ella fue que la corte le ordenó cancelar las costas del juicio, que se extendió entre enero y mayo de este año.

En este sentido, la defensa expuesta por el banco expuso que ellos actuaron conforme a la obligación que les impone la ley respecto a informar a los consumidores detalladamente respecto a sus pagos y giros realizados en el último mes.

Respecto a la defensa de los propietarios del motel, la corte indicó que en Argentina no existe una ley que obligue a los comercios a dejar consignado los nombres jurídicos de sus sociedades comerciales en documentos.

Marcelo Quaglia, magistrado que llevó el caso, advirtió además que ninguno de los dos entes vulneró privacidad e intimidad, debido a que ella estaba enterada de antemano que los gastos llegarían en un futuro estado de cuenta.

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