Este miércoles, por 25 votos a favor y uno en contra, se aprobó en particular el proyecto de reforma constitucional, en primer trámite constitucional, que establece la cesación en los cargos de parlamentarios, alcaldes, consejeros regionales y concejales por infracción a las normas sobre transparencia, límites y control del gasto electoral

Sobre el proyecto, clave de la agenda de probidad del gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet, se realizó una votación separada para la letra b) en el artículo 125 en que se señala que “Con todo, cesarán en sus cargos las autoridades mencionadas que hayan infringido gravemente las normas sobre transparencia, límites y control del gasto electoral, desde la fecha que lo declare por sentencia firme el Tribunal Calificador de Elecciones, a requerimiento del Consejo Directivo del Servicio Electoral. Una ley orgánica constitucional señalará los casos en que existe una infracción grave.”.

Transparencia y responsabilidad 

Durante la sesión, se generaron diferencias en torno a la inclusión de la pérdida del escaño por parte de la figura del Presidente (a) de la República, lo que finalmente -tras acuerdo con el Ejecutivo- será despejado en otra instancia y se acogió la proposición del senador Alberto Espina a considerar un quorum alto durante una acusación constitucional para este fin.

El proyecto de ley, iniciado en mensaje de la Presidenta de la República y, en moción de los senadores Isabel Allende, Lily Pérez, Felipe Harboe, Carlos Montes y Rabindranath Quinteros, tiene por objeto garantizar a la ciudadanía la exigencia de altos niveles de transparencia y responsabilidad en la actividad política.

Lo anterior, se traduce en que aquellos que hayan accedido a su cargo mediante prácticas ilegales y delictivas en el financiamiento de sus campañas, deban cesar en el ejercicio de su cargo y no puedan ejercer funciones de representación.

Reforma Constitucional

La normativa establece como causal de cesación en el cargo de senador, diputado, alcalde, consejero regional o concejal, a quien infrinja gravemente las normas sobre transparencia, límites y control del gasto electoral, en los casos que señale una ley orgánica constitucional.

La cesación se producirá desde la fecha que así lo declare por sentencia firme el Tribunal Calificador de Elecciones, a requerimiento del Consejo Directivo del Servicio Electoral.

El parlamentario que pierda su cargo quedará por este hecho inhabilitado para desempeñarse en toda función o empleo público, sea o no de elección popular, por el término de 3 años.

Revisa todas las medidas en el sitio oficial del Gobierno

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