Beatriz Apud y Pablo Cádiz

Una jornada clave se vive este martes en el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel), donde se realizaron los alegatos en torno al recurso de queja ingresado por los partidos de la Nueva Mayoría contra la directora (s) del Servel, Elizabeth Cabrera.

Los siete partidos del oficialismo acusan un "abuso" por parte de la funcionaria, quien declaró fuera de plazo la inscripción de candidaturas a primarias del oficialismo de cara a las elecciones municipales (ver subtítulo). 

Una vez finalizada la audiencia el abogado del Servel, Juan Pablo Bravo, dijo que "somos optimistas porque hemos actuado en buena lid, conforme a la ley y conforme a la constitución".

El abogado detalló que parte de los alegatos apuntaron a la versión de Cabrera en torno a que más que el retraso de Isabel Allende, lo que impidió la inscripción habría sido la fata de acuerdo. El tema fue abordado por la funcionaria en una de las actas del Servel, donde señala que dirigentes reconocieron que "dificultades internas" impidieron acuerdo. 

"El error de los recurrentes es que no estuvieron de acuerdo a la medianoche", dijo enfático el abogado del Servel. 

Incluso, citó los dichos de la presidenta de la DC, Carolina Goic, quien en Tele13 Radio planteó hace algunas semanas que "la DC no está disponible para un arreglín que resuelva nuestros problemas". 

En caso que el tribunal rechace el requerimiento, el oficialismo no podrá realizar primarias legales. 

Patricio Valdés, presidente del tribunal, detalló que "estamos listos para dictar la resolución, pero en términos muy generales. A veces cuando se va puliendo el acuerdo van cambiando ciertos aspectos".

"Pienso que los antecedentes son bastante claros y suficientes para tomar una determinación", agregó.

La solicitud de la Nueva Mayoría

En el requerimiento los partidos del oficialismo piden que se "que ponga pronto remedio declarando la falta y abuso; disponiendo dejar sin efecto la Resolución Recurrida y ordenar tener por presentado en tiempo y forma la suscripción de los pactos electorales conforme al artículo 13 de la LP y el artículo transitorio de la Ley Nº 20.916, y aceptadas las declaraciones de candidaturas a las elecciones primarias de Alcaldes a que se refiere los artículos 14 y 19 de la LP, y el artículo transitorio de la Ley Nº 20.916; o en subsidio, lo que este Excmo. Tribunal estime que en derecho corresponda en razón de la falta o abuso que sirve de soporte al presente recurso”.

Junto con esto, piden al Tribunal “decretar la medida disciplinaria que considere adecuada a las faltas y abusos denunciados”.

 

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