Fue un año completo de polémicas. A tres meses de que el trabajo de la Convención Constitucional haya culminado, y a un mes de que la opción Rechazo se haya impuesto de manera apabullante, los constituyentes suman un nuevo y último cuestionamiento.

En mayo pasado, Nicolás Núñez tuvo su día de fama al votar, para sorpresa de la Convención y de todo el país, desde la ducha de su casa. Justo en ese mes, “Reportajes Teletrece” pudo detectar que el exconvencional realizó varios trabajos extra: durante abril y mayo se dedicó a labores como abogado.

El problema es que eso estaba estrictamente prohibido, pues en el capítulo XV de la Constitución, se estableció que los convencionales se regirían bajo el estatuto de los parlamentarios.

“La regla señalaba que el estatuto, es decir, que las condiciones que se le iban a aplicar a los convencionales, era la de los diputados, dentro de ellas, tenemos el artículo 60 de la Constitución”, señala el abogado socio de AGP, Alberto Precht, exdirector ejecutivo de Chile Transparente por ocho años.

Según el artículo 60 de la actual Constitución, “cesará en su cargo el diputado o senador que ACTÚE como abogado o mandatario en cualquier clase de juicio”.

También estaba prohibido bajo el reglamento de la propia Convención, que todos los convencionales discutieron, redactaron y votaron, es decir, estaban en conocimiento.

De acuerdo al artículo 39 del Reglamento de Ética y Convivencia de la Convención, “se determina como infracción tener un trabajo remunerado adicional al de convencional constituyente, con excepción de labores docentes hasta por ocho horas semanales”.

Y Nicolás Fernando Núñez Gangas no es profesor precisamente, sino abogado de la Universidad de Talca. Representó al distrito 18, en la región de O´Higgins, como militante de la Federación Regionalista Verde Social.

El 24 de agosto de 2021 -un mes después del comienzo de la Convención-, Núñez inició una causa como abogado patrocinante en el Segundo Juzgado de Letras de San Fernando.

¿En qué consistía su caso? Lograr que su cliente recuperara una vivienda arrendada a inquilinos que supuestamente no pagaban el arriendo ni las cuentas...

Una causa simple, que -en apariencia- no tendría conflicto de interés con su rol como constituyente, pero ese sólo acto bien pudo haber significado su despido.

Según el Reglamento General de la Convención, en su artículo 37, “una causal de cesación en el cargo es que, durante su ejercicio, actúe personalmente como abogada o abogado o mandataria o mandatario en cualquier clase de juicio”.

¿Cuál es la respuesta de Núñez por este caso? “El reglamento dice que no se podían tramitar causas personalmente, por lo tanto, todas las causas que siguieron, con el estudio que trabajaba yo antes, se delegó poder en otros abogados para que las tramitaran”, dice a Reportajes T13.

Efectivamente, en el Poder Judicial consta que delegó poder, pero solo para una audiencia por Zoom. Además, Núñez nunca renunció al patrocinio de esa causa.

“Cuando tiene el patrocinio de un cliente lo que hace es representar sus intereses en juicio. (...) este patrocinio y poder se puede delegar en otros abogados, pero el abogado patrocinante sigue siendo el abogado que lleva la causa”, afirma Precht.

El trabajo del exconstituyente no se limitó solo a presentar la causa. Núñez llevó adelante al menos 10 acciones, entre ellas, ofrece pruebas, solicita notificaciones, traslados en rebeldía y citación a audiencia de conciliación.

Una causa en contra del Fisco

El de Núñez no es el único caso. Reportajes T13 investigó a los 60 abogados y 6 egresados de Derecho que trabajaron en la Convención. Esta fue la profesión mayoritaria de los 154 integrantes del órgano ya disuelto. Y se trata de la única regulada por la Constitución.

En conjunto con expertos en datos y alta tecnología, se utilizó un programa computacional que permitió sistematizar las más de 600 mil causas judiciales existentes entre el 4 de julio de 2021 y el 4 de julio de 2022, periodo en el que funcionó la Convención.

El resultado fue claro: cinco exconstituyentes habrían infringido, de algún modo, la Constitución.

Manuela Royo es una de ellas. “Al inicio del proceso constituyente, quienes éramos abogadas y abogados litigantes, tuvimos una discusión al respecto de hasta dónde era el alcance, entonces, de hecho, yo tenía una causa, a la que no comparecí, precisamente señalando que estaba prohibido para los convencionales”, relata Royo.

Según ella, los convencionales interpretaron el reglamento de la Convención. Pensaron que simplemente no debían “comparecer” ante tribunales y no abandonar de plano las causas de sus clientes.

—¿Quién les dio esa interpretación?

—Esa consulta se la hizo el convencional Núñez a la mesa, pero no me acuerdo del oficio y la fecha”. ¿Le llegó una respuesta formal? “No, él me dijo. Se conversó y se dijo que esa podía ser la interpretación”.

Reportajes T13 investigó los 803 oficios disponibles de la Convención Constitucional. En ninguno de ellos se registró ninguna respuesta formal de esa supuesta interpretación del trabajo de los abogados.

El de Manuela Royo no era un caso cualquiera. En abril de este año, la abogada ingresa como patrocinante en una causa de Derechos Humanos. Royo representó a un joven de 17 años que habría sido golpeado por Carabineros durante un control de identidad. Una materia compleja, porque -como convencional- debía demandar al Fisco.

—Tu caso era una demanda contra el fisco de Chile, ¿no te parecía por sentido común o probidad que esto puede ser un conflicto de interés?

—En las causas de derechos humanos también eventualmente existen debates en torno a eso. (...) Tengo muchas causas respecto a Derechos Humanos e indemnización que, como te dije, nunca comparecí en ellas.

—¿Tenías más causas abiertas?

—Sí, varias, por ejemplo, yo soy querellante en el caso Huracán, (...) esas causas yo nunca comparecí en el tiempo que fui convencional.

—¿Pero eras patrocinante?

—Sí, o sea, muchas de esas causas uno sigue manteniendo el poder, pero no comparece…

—¿Pero no renunciaste a los patrocinios?

—No, porque esa fue la interpretación que se nos dio.

Pero los convencionales sabían que algo no estaba bien. De hecho, tan solo días después de firmar como patrocinante, Royo terminó renunciando a la causa. “Se me informa que tenía que delegar la causa y que eso, mejor, para evitar otras interpretaciones posterior, renunciar”, dice.

No renunciar a patrocinio, una negligencia

El nombre de Francisca Arauna está entre los cinco abogados que tuvieron causas abiertas durante la Convención. La exconstituyente del Maule Sur registró en 2019 una demanda de arbitraje por un terreno. Nunca renunció al patrocinio y a principios de este año esa causa, que aparentemente estuvo congelada, volvió a tener movimiento.

“Esto que tú me estás comentando de que se activó una causa que puede traer algún tipo de conflicto, debí haberlo hecho, pero te insisto, esta causa fue archivada... Ahora que reviso dicen que me notificaron en enero de 2022, pero no me llegó nada, voy a tener que revisarlo”, afirma.

Arauna, así, reconoce el error. Y no ve ninguna doble interpretación en la ley que prohibía a los constituyentes ejercer como abogado. “Yo tengo muy claro que la prohibición era tener causas a tu nombre, ser representantes en el mandato. (...) esta fue una negligencia, haber pensado que esta causa estaba terminada”, concluye.

Una cara conocida que interpreta de otro modo la Constitución

Entre las caras conocidas figura Fuad Chahín Valenzuela, expresidente de la DC, y único representante de ese partido en la Convención.

En 2019 asumió como abogado patrocinante en una causa contra una empresa frutera de San Fernando. Sin embargo, recién en octubre de 2021 delega poder a su socia, para llevar adelante los trámites judiciales. Según él, pese a que la mayoría de sus compañeros constituyentes sí lo hizo, no era necesario renunciar al patrocinio. ¿Cuál es la respuesta de Fuad Chahín? "Yo no puedo actuar en ninguna causa, yo no actué en ninguna causa, no hay ninguna actuación judicial mía", dice.

—A mí no me aparece la renuncia al patrocinio, si usted lo tiene y me lo puede mandar, estupendo...

—Yo delegué poder, pero no tengo ninguna actuación judicial. Lo que dice la Constitución es que uno no puede actuar en juicio.

Y complementa: “Las actuaciones judiciales no es estar detrás de alguna estrategia o no, es firmar algún escrito, comparecer ante alguna audiencia, alegar”.

Según Chahín, cada uno interpretó de una manera distinta el reglamento y la Constitución. Además, dice que su causa fue "pro bono", defendiendo a una pyme por el no pago de una factura de más de diez millones de pesos. “Una persona que tuvo un accidente y que no le quieren pagar una factura, ¿ah? ¿por qué lo voy a dejar en la indefensión?”, señala.

La directora ejecutiva de Chile Transparente, María Jaraquemada, es tajante sobre estos casos. “En Chile tenemos un dicho que es ‘hecha la ley, hecha la trampa’ y eso es porque las leyes no son perfectas. Todas las leyes pueden tener interpretaciones diversas y pueden tener pequeños o grandes vacíos. El problema es que si, en el fondo, empezamos a buscarles ‘la quinta pata al gato’, vamos a poder buscar nuestra interpretación personal que se ajuste a nuestra situación, pero esa no es la idea”, afirma.

Rodrigo Logan entendió que no había exclusividad

El abogado Rodrigo Logan partió su trabajo de constituyente con polémica en mano. Apenas juró como constituyente tuvo que enfrentar a la justicia por la supuesta falsificación de una firma en un contrato. Logan fue suspendido condicionalmente y más tarde, sobreseído.

Otra de sus polémicas tuvo que ver precisamente con este reportaje. Al inicio del funcionamiento de la Convención, Logan presentó un recurso de protección en contra de la mesa directiva, porque el reglamento le negaba la posibilidad de tener un trabajo remunerado adicional al de constituyente. El recurso fue rechazado.

"Yo no voy a dejar nunca de ser abogado, yo me voy a morir siendo abogado. Yo soy abogado las 24 horas del día. Mi cabeza funciona como abogado (...) Yo miraba las causas desde el punto de vista de la estrategia, toda la estrategia de las causas aquí son mías, todas, todas, de las 1200 causas que hay acá, todas son mías", dice Logan.

Y agrega: "En la lógica mía, que era la más simple, cuando me metí a postular como convencional, yo leí la ley po, yo leí y dije 'no hay exclusividad'".

Logan tuvo dos causas vigentes durante el proceso constitucional. Una, por el no pago de un predio. Y otra, por la toma de un departamento en San Joaquín, pero -aunque reconoce que él veía cada caso- todos los movimientos judiciales figuran firmados por los abogados de su estudio. Y solo renunció a sus patrocinios cuando faltaban apenas unos días para que las causas concluyeran.

El abogado Precht es taxativo al respecto: “Rojas Vade no estaba normado, esto sí estaba normado. Los convencionales que patrocinaron, que actuaron como abogados, no debieran haber sido convencionales. Punto”.

Por su parte, el exsubsecretario de la Secretaría General de la Presidencia (Segpres), Máximo Pavez, sostiene que “si algún convencional incumplió la normativa respecto a la prohibición de desarrollar otras actividades, de eso no había control alguno, porque la Contraloría no quiso controlar y porque la Convención se erigió a sí misma como un órgano completamente autónomo, cosa que a nuestro parecer, no corresponde”.

¿Hubo retribución monetaria por estas causas?

El comité de Ética de la Convención pudo estudiar y sancionar estos casos, pero nunca recibió una denuncia formal. ¿Recibieron plata estos abogados en las causas que patrocinaban? Esa es otra nebulosa, porque según la interpretación de varios de ellos, si era “pro bono”, no había conflicto alguno.

En esa vereda, por ejemplo, están Fuad Chahin y Manuela Royo. Francisca Arauna y Rodrigo Logan aseguran igualmente que jamás recibieron ni un solo peso directa o indirectamente.

Distinto es con Nicolás Núñez. Él reconoce que su trabajo sí tuvo frutos monetarios, pero -supuestamente- sólo para su estudio de abogados. “No, para nada. Es aparte, po. Eso lo recibía la oficina y con eso se pagan los sueldos de los abogados, el arriendo de la oficina, yo no recibí nada”, dice al ser consultado sobre si recibió dinero.

En el caso de Núñez, Renovación Nacional exigirá que el exconvencional “pague” de alguna manera. “Nicolás Núñez tiene que devolver esos recursos que percibió de manera ilegal, porque había una infracción constitucional y reglamentaria clara”, dice el jefe de bancada de RN, Andrés Longton.

Estos cinco abogados, ¿fueron los únicos constituyentes que habrían infringido el reglamento? Algo difícil de comprobar en los 147 convencionales restantes, salvo en un caso, que no tuvo problema en reconocerlo públicamente.

Si se cumplió o no la ley, a estas alturas ya parece dar lo mismo, porque estas exautoridades ya no podrían tener la sanción máxima que establece la ley: la cesación del cargo.

Esta investigación de Reportajes T13 es un llamado de alerta en un momento relevante de nuestra historia. Los dirigentes políticos ya están discutiendo las llamadas bases constitucionales, los “contenidos” que serán intocables en nuestra futura carta, pero aún no se resuelve cómo estará conformado ese nuevo órgano encargado de la propuesta. ¿Tendrán las mismas reglas? ¿Esta vez sí se cumplirán? ¿Alguna entidad se encargará de fiscalizar? Espacio para las interpretaciones, esta vez, no debiera existir.

Reportajes T13: Trabajos paralelos, ¿Exconstituyentes fuera de norma?
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