La mañana de este viernes la Corte de Apelaciones de San Miguel informó la sentencia al senador Manuel José Ossandón (RN), luego de que la Fiscalía Oriente solicitara desaforar al parlamentario en el marco de las investigaciones por presunto tráfico de influencias en Pirque.
En este contexto, el tribunal confirmó el rechazo a la solicitud del Ministerio Público -presentada por el fiscal regional Metropolitano Oriente, Manuel Guerra Fuenzalida- de desaforar al senador.
En el falló, se detalló que "los antecedentes aportados por el Ministerio Público no surge prueba suficiente que permita tener por acreditada la existencia de los hechos que en carácter reiterado se atribuyen al senador imputado, como tampoco aparece que aquellos satisfagan la calificación jurídica del tipo penal esgrimido por el acusador, por lo que la petición de desafuero será desestimada".
Es decir, según lo informado, no se cumplen los requisitos de tipicidad de la calificación jurídica de tráfico de influencias, por lo que el senador no tenía una posición de “influencia” sobre los concejales ni el alcalde de Pirque.
Al ex alcalde de Puente Alto se le acusaba de haber efectuado intervenciones en el Concejo Municipal de Pirque –donde también fue alcalde– y ante el jefe comunal, su primo Cristián Balmaceda, a favor de la empresa Cavilú, que tiene en su poder una concesión para extraer áridos del río Maipo, sin nunca dar a conocer que uno de sus hijos, Nicolás Ossandón Lira, estaba relacionado con la empresa.
En la instancia fueron 9 ministros los que dedicieron rechazar la petición de la Fiscalía Oriente, mientras que otros cinco la acogieron.
“No es posible tener por cierto, con los antecedentes recopilados en la investigación, que la actividad desplegada por el senador, pudiera tener como finalidad, dar interés o favorecer a su hijo Nicolás, desde que, como ya se dijo, en el primer hecho que se le atribuye, aparece que solo se limitó a dar una recomendación; los hechos signados dos y tres, no se encuentran suficientemente demostrados, sin perjuicio que tampoco existe en ellos descripción de ejercicio de influencia propiamente tal, misma situación que se produce en relación a los hechos signados cuatro y cinco”, sostuvieron los jueces en su fallo.