La Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisible un recurso de amparo ingresado a favor del alcalde de Recoleta, Daniel Jadue, el cual buscaba revocar su prisión preventiva.
Cabe recordar que el edil cumple dicha medida cautelar en el anexo Capitán Yáber desde el lunes pasado, esto luego de ser formalizado por estafa, cohecho y fraude al fisco en el marco del denominado "Caso Farmacias Populares"
Respecto a la acción legal -que no fue ingresada por su defensa, sino que por un tercero- el tribunal de alzada señala que "nuestro ordenamiento jurídico contempla un régimen recursivo específico respecto de la resolución que decreta la prisión preventiva, estableciendo en el artículo 149 del Código Procesal Penal, la procedencia de un recurso de apelación”.
¿Qué dijo la corte?
Asimismo, los ministros consideraron que el plazo para deducir el recurso de apelación que constituye la vía ordinaria de la impugnación, "se encuentra pendiente, por lo que no es procedente admitir a tramitación el presente arbitrio".
"Toda vez que los mismos se encuentran bajo la tutela jurisdiccional, debiendo deducirse en tal procedimiento los recursos que la defensa del amparado estime procedente", señala el tribunal.