Este viernes la Corte de Apelaciones de Temuco revocó el sobreseimiento al senador y presidente del PPD, Jaime Quintana, en el marco de la causa por atropello con resultado de muerte del cabo Jonathan Garrido, ocurrido el pasado 7 de febrero en la ruta que une Vilcún y Temuco.
La decisión viene a revertir el fallo pasado 2 de octubre, donde la jueza de garantía de Temuco, Caroline Guzmán, acogió la solicitud de la Fiscalía regional de La Araucanía de sobreseer al parlamentario.
Esta resolución no se aparta en nada de lo que se ha venido estableciendo durante el curso del proceso, que es mi inocencia
La fiscalía argumentó en esa oportunidad que los informes periciales de la SIAT de Carabineros y el Laboratorio de Criminalística de la PDI concluyeron que no se visualizó infracción a la ley o reglamento por parte del parlamentario.
Quintana, además no se encontraba bajo la influencia del alcohol -su alcolemia dio 0,0 grados- y conducía a niveles de velocidad permitidos para la zona (64 km).
Por otro lado, el funcionario de carabineros no portaba chaleco reflector al momento del accidente.
Tras conocer el fallo, el fiscal de la Araucanía Roberto Garrido explicó que "lo que la Corte de Apelaciones resolvió es que no acogió el sobreseimiento que había decretado el juzgado de garantía, en un fallo dividido".
"En ese sentido dispuso que la causa se siguiera tramitando por lo que el Ministerio Público deberá analizar nuevamente la investigación y los antecedentes que contamos, determinar si existe alguna diligencia que realizar, algún aspecto que no haya sido suficientemente indagado, de acuerdo a lo que ya se ha realizado, y conforme a eso en una oportunidad posterior conforme al mérito de los antecedentes que se han reunido volver a comunicar la decisión que corresponda en este caso", agregó.
Por otro lado, la corte declaró inadmisible un requerimiento de la parte querellante que solicitaba reabrir la causa.
Quintana: "Esta resolución no se aparte he venido estableciendo, que es mi inocencia"
En una declaración pública, el senador PPD sostuvo que "esta resolución no se aparta en nada de lo que se ha venido estableciendo durante el curso del proceso, que es mi inocencia".
"Aquí, lo que se ha generado es una discusión juridica en torno a cuál es el órgano que debe cerrar la causa: si los tribunales de justicia o la fiscalía", agrega.
Quintana sostiene que "dicha resolución solo se refiere a cuál es la forma cómo se debe cerrar la causa, señalando que al estar radicada única y exclusivamente en el Ministerio Público, es ese órgano el que debe terminar el proceso, porque está agotada la investigación, y la mejor muestra de aquello es que la reapertura de la investigación y la reiteración de diligencias pedida por la parte querellante fue declarada inadmisible".
"En otras palabras, la Corte ha señalado que este caso debe ser cerrado por la propia fiscalía y no por los tribunales, ya que ni siquiera he sido sujeto a formalización", agrega.
No obstante, el senador señala que "me reservo el derecho de insistir para que sean los tribunales de justicia los que emitan un pronunciamiento definitivo".