La Comisión de Salud de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó a la sala el proyecto de ley que busca prohibir que las Instituciones de Salud Previsional (Isapres) puedan subir el costo de sus planes durante el periodo de alerta sanitaria, decretada por pandemia o epidemia.  

La iniciativa también pretende evitar que las Isapres puedan limitar o disminuir sus prestaciones y beneficios, como también los de la prima GES, y la medida se extenderá 180 días después de la cesación del período de alerta sanitaria decretado por la autoridad.

La nueva normativa propuesta que será presentada en la sala por el diputado de Revolución Democrática (RD) Miguel Crispi, aclara que si la emergencia sanitaria se extiende por más de doce meses, las Instituciones de Salud Previsional no podrán acumular el aumento del precio base del plan, no efectuado, para el año siguiente.  

El proyecto también considera los planes colectivos y establece que en caso de que exista la pérdida de la relación laboral, suspensión del contrato o reducción temporal de la jornada, esto no podrá constituir causal de término anticipado del contrato de salud que tenga por objeto otorgar prestaciones a trabajadores de una determinada empresa o institución.

Aquellos incrementos que hayan sido realizados por las Isapres, entre el 18 de marzo de 2020 y la entrada en vigencia de la ley que aún debe ser votada en ambas cámaras, las aseguradoras deberán reembolsar al cotizante lo pagado en exceso, dejar sin efecto el término del contrato o reestablecer las prestaciones y beneficios de salud, según corresponda.

Este reembolso deberá ser efectuado por la aseguradora en un plazo no superior a 30 días corridos. ​

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