"La obligación de negociar es de carácter continuo", aseguró casi al final de su intervención el abogado francés que representa a Bolivia, Mathias Forteau, durante el segundo día de alegatos orales en la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya, dejando en claro que la aspiración del país altiplánico es que las negociaciones terminen finalmente con la obtención de territorio soberano para acceder al Océano Pacífico.

La intervención de Forteau se centró así en indicar que la obligación de negociar en el caso de Chile y Bolivia no se agotaría en el evento que fracase un intento de negociación, sino que cuando se obtenga el resultado deseado.

La realidad es que el derecho internacional general el fracaso de un ciclo de negociaciones no conlleva, y menos mal que es así, la extinción de la obligación de negociar
Mathias Forteau, abogado de Bolivia

Al respecto, el abogado indicó que Chile argumenta como si "la obligación de negociar se hubiera extinguido en 1978 (cuando fracasa el pacto) con motivo de que en Charaña los Estados agotaron las negociaciones hasta el límite de lo posible, y esta afirmación, al igual que las anteriores es artificial. En el derecho -en primer lugar- Chile pretende que basta que las partes negocien por un tiempo razonable de buena fe para que la obligación de negociar se considere agotada o extinguida. Los compromisos y declaraciones de Bolivia y Chile sin embargo, no disponen nada al respecto. Como lo han indicado ambas partes en distintas ocasiones, y como Chile también lo ha reconoció en diciembre de 1975 el objeto de las negociaciones es llegar a una solución definitiva a la mediterraneidad de Bolivia, y siempre y cuando esta solución definitiva no haya sido lograda, las negociaciones mantienen su razón de ser".

El mismo abogado agregó que "la realidad es que el derecho internacional general el fracaso de un ciclo de negociaciones no conlleva, y menos mal que es así, la extinción de la obligación de negociar, y esta es la razón por la que la declaración de Manila sobre la solución de disputas, dispone que cuando las partes no logran una solución a su disputa deben, y cito, seguir buscando una solución pacífica, esto es la razón de porque en 1998 la Asamblea General de Naciones Unidas reiteró que los estados y cito, deben hacer todo lo posible para seguir buscando una solución mutuamente aceptable y justa en caso de llegar a un impasse en las negociaciones, de ello emana que la obligación de negociar es una obligación de carácter continuo".

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"La obligación existe"

Sin embargo, la argumentación boliviana partió con algunos inconvenientes técnicos. Una falla en el micrófono produjo la suspensión de la sesión por más de 15 minutos, mientras el jurista Antonio Remiro Brotóns argumentaba en dirección a la existencia de la obligación de negociar y un repaso por el acuerdo de Charaña y las notas diplomáticas de 1950.

Sobre el intercambio de notas de 1950, el abogado indicó que "al aplicar la regla general de interpretación, la única conclusión posible es que Chile se ha comprometido a negociar con Bolivia su acceso soberano al mar", agregando que "cuando un Estado, en este caso Bolivia, solicita formalmente una negociación, y que el Estado negociado en este caso Chile, acepta la negociación, eso no puede ser tomado como algo no vinculante".

Más adelante en tanto, aseguró respecto del acuerdo de Charaña de 1975, que agotó las negociaciones y terminó con las relaciones diplomáticas entre los dos países que "aunque el alcance sea limitado, la obligación de negociar existe, y según los profesores chilenos, la promesa de negociar ha sido mantenida por Chile. Acuerdo o promesa, la obligación de negociar existe", puntualizando que el fracaso del acuerdo de Charaña "no puso fin a la obligación de negociar un acceso soberano al Océano Pacífico".

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Resoluciones de la OEA

En su momento, la abogada británica Amy Sander, centró su argumentación en las 11 resoluciones de la Organización de Estados Americanos (OEA) sobre la mediterraneidad de Bolivia, asegurando que al estar ambos países asociados a dicho organismo, están obligados a acatar sus decisiones.

"En su calidad de signatarios de la OEA, tanto Chile como Bolivia están vinculados por los términos de la OEA. En segundo lugar, la Asamblea General de la OEA ha identificado un diferendo entre Bolivia y Chile y ha decretado una serie de indicaciones. Bolivia alega que no es compatible en sus alegaciones bajo la carta que ambos estados traten dichas resoluciones como sin fundamento jurídico. Chile sí se unió al consenso para tres de las resoluciones y creó una declaración vinculante", aseguró la abogada.

Sander terminó su intervención señalando que "como signatario de la carta de la OEA, Chile debe aceptar las obligaciones de tal manera que la confianza que otros ponen en ellas no se vea menoscabada. La conducta específica de Chile entraña negociaciones vinculantes (...) Chile pretende desechar las resoluciones de la OEA como que no tienen efecto. Bolivia dice que esto no puede ser así".

Tratado de 1904 "no resuelve todos los asuntos"

Sin duda la validez del Tratado de 1904 ha sido un tema constante en el juicio. A ello se refirió el abogado Payam Akhavan, quien señaló que todas las "promesas" que se han enumerado en las que Chile se comprometió a negociar buscaban "un objetivo concreto", agregando que se enmarcan "en el contexto concreto de una injusticia que Chile reconocía que era un impedimento para las relaciones pacíficas. Sin duda, Chile no se comprometería a un compromiso de este tipo si el Tratado de 1904 resolviera todos los asuntos".

Con esto, Bolivia reiteró que su objetivo no es la revisión del Tratado de 1904, agregando eso sí que dicho documento no resolvió todo entre ambos países, a diferencia de los sostenido por Chile.

"Independiente de las circunstancias de los hechos, no puede haber ninguna duda en cuanto al resultado final, a través de su comportamiento constante durante más de un siglo, Chile ha asumido la obligación de negociar con Bolivia un acceso soberano al Océano Pacífico", puntualizó el abogado.

La ronda de alegatos continuará este jueves y viernes, cuando Chile replique a los argumentos de Bolivia. 

Luego, Bolivia podrá replicar el lunes y La Paz cerrará la ronda el martes. 

Se espera que el dictamen del tribunal se conozca a fines de 2018. 

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