Este martes comenzó en la Cámara de Diputados la votación de la acusación constitucional contra la ministra de Educación, Marcela Cubillos

Tras la exposición del abogado de la secretaria de Estado y de los integrantes de la Cámara que evaluaron la acusación, los parlamentarios votaron la cuestión previa y fue rechazada  tras un empate de 76 votos a favor y 76 en contra. 

Pero ¿qué es una acusación constitucional y cómo funciona el proceso? ¿De qué se acusa a Cubillos y qué dice la titular de Educación? En T13.cl te lo contamos.


Luego de un intenso debate que incluyó una discusión previa sobre la forma y pertinencia de la acusación, la Cámara de Diputados rechazó seguir adelante con la acusación constitucional contra Marcela Cubillos. El resultado de la votación fue de 77 votos en contra y 73 a favor.

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¿Qué es una acusación constitucional?

Se trata de un procedimiento contemplado en la ley que faculta a los diputados a iniciar un juicio político a una autoridad por incumplimientos graves a su labor, infracciones a la Constitución o las leyes y abusos de poder o delitos, dependiendo de las causales específicas de cada caso.

Según indica la Cámara de Diputados, "la finalidad de la acusación constitucional (...) constituye un mecanismo de control interorgánico de base constitucional, cuyo objeto es contener y sancionar el abuso o desviación de poder, las infracciones constitucionales y delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones por parte de las personas o autoridades acusables".

Este juicio político establece una sanción al acusado de ser aprobada, que no es una sanción penal, sino que es la destitución del cargo público y, eventualmente, una inhabilitación por un periodo de tiempo para el desempeño de funciones públicas.

Una vez terminada la acusación también es posible realizar un eventual juicio penal y/o civil contra la autoridad destituída, en caso de la existencia de delitos o de la necesidad de indemnizar daños y perjuicios.

¿Quiénes pueden ser acusados constitucionalmente?

En la Constitución chilena se explicita con claridad quienes pueden ser acusados constitucionalmente en el artículo 52 de la Constitución. Las personas que pueden ser objeto de acusación constitucional son:

  • El Presidente de la República
  • Los Ministros de Estado
  • Los Magistrados de los tribunales superiores de justicia
  • El Contralor General de la República
  • Los Generales y Almirantes de las Fuerzas de la Defensa Nacional
  • Los Intendentes y gobernadores

¿De qué se acusa a la ministra Marcela Cubillos?

El documento ingresado donde se fundamenta la acusación a la ministra Cubillos apunta a lo siguiente: 

- Infracción a la Constitución y las leyes, específicamente en relación a la vulneración del principio de Probidad, en su dimensión de falta de veracidad.

- Infracción a la Constitución y las leyes, específicamente en relación al respeto y protección a la vida privada y la protección de sus datos personales, así como el principio de finalidad previsto en la ley Nº19.628 sobre protección de la vida privada.

- No ejercer un control jerárquico permanente sobre los órganos sometidos a su dependencia a objeto de la adecuada implementación de la ley Nº 21.040, infringiendo los deberes de actuación consagrados en la Ley de Bases Generales de Administración del Estado, especialmente en materia de eficiencia, eficacia, y asimismo, coordinación.

- Haber dejado sin ejecución las leyes por la omisión del cumplimiento de las obligaciones ministeriales, particularmente, en materia de ejecución presupuestaria.

- Y la infracción a la Constitución y las leyes, específicamente en relación a la vulneración del principio de igualdad, consagrado en el artículo 19 N°2 de la constitución.

La defensa de la ministra Cubillos

Cubillos, a través de un escrito firmado por su abogado Francisco Cox, indicó en la previa a la votación que "se demostrará que esta ministra de Estado ha actuado siempre en cabal cumplimiento de la ley y la Constitución. Y ha sido leal y explícita en sus intentos por reformar aquellas leyes que el Gobierno al que pertenece desea perfeccionar o mejorar". 

"Una acusación constitucional no puede descansar en meras generalidades, afirmaciones vagas, hechos que no constituyen ilegalidades", agregó.

Frente a los razones para rechazar los capítulos de la acusación, el documento afirma "categóricamente que la ministra Cubillos no ha faltado a la verdad" ante la supuesta infracción del principio de probidad por declaraciones emitidas en el contexto del sistema de admisión escolar.

Al respecto de la acusación por el envío de correos con información sobre el proyecto por supuestas infracciones al respeto y protección a la vida privada y datos personales por envío de correos con información sobre el proyecto "Admisión Justa", el abogado de Cubillos indicó que "la alegada infracción ha sido expresamente descartada por los órganos competentes para pronunciarse al respecto, como la Contraloría y el Consejo Para la Transparencia".

Sobre posibilidad de haber dejado sin ejecución el presupuesto de los Servicios Locales de Educación, de los Centros de Formación Técnica y de los educadores tradicionales, el escrito indicó que "la pretensión de los y las acusadores/as de establecer ellos y ellas el mes en que deben ejecutarse los gastos de determinadas partidas presupuestarias son una manifestación más de la verdadera naturaleza de la disputa que motiva esta acusación".

¿Cómo es el proceso?

Una vez presentada la acusación, la Cámara baja elige al azar una comisión de cinco diputados para que elabore un informe sobre si procede o no formular esta acusación.

La autoridad cuestionada, en este caso la ministra Cubillos, tiene un plazo de 10 días para hacer sus descargos. Después de eso la Cámara vota esta acusación, que se da por aprobada si es respaldada por la mayoría de los diputados presentes en la sala. 

De ser aprobada la acusación pasa finalmente al Senado, que actúa como un jurado, y ahí nuevamente, la mayoría de los parlamentarios presentes en la sala definirán el futuro de la ministra.

Si la Cámara Alta aprueba la acusación, entonces la autoridad será destituída de su cargo y no podrá ejercer cargos públicos durante 5 años.

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