La Comisión de Hacienda del Senado aprobó, este miércoles, la idea de legislar la reforma de pensiones que propone el Gobierno de Gabriel Boric, cuyas indicaciones fueron presentadas tras alcanzar un acuerdo con parte de la oposición. 

La reforma de pensiones fue aprobada por unanimidad en la instancia y ahora deberá ser discutida en particular, para posteriormente continuar su trámite legislativo en la sala del Senado y, posteriormente, en la Cámara de Diputadas y Diputados. 

El acuerdo alcanzado entre el gobierno y Chile Vamos aumenta más de lo previsto la cotización previsional que estará a cargo del empleador. Si bien en primera instancia se había acordado que el empleador aportara un 6% extra de la remuneración imponible del trabajador para sus ahorros previsionales, finalmente se acordó que será un 7%.

Cómo se distribuirán los ahorros de pensiones

Actualmente cada trabajador ahorra un 10% de su salario imponible para sus fondos previsionales. Este porcentaje está incluido en su sueldo bruto y se ahorra en las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) como cuentas individuales.

El empleador en tanto, aporta un 1,5% de la remuneración imponible del trabajador al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS). Ahora, ese aporte del empleador subirá en 7%, dejando el aporte del empleador en 8,5%. 

  • 2,5% al SIS: Estará compuesto del 1,5% que actualmente paga el empleador y 1% proveniente de la nueva cotización del empleador, de 7%. 
    Con esto se financiarán las prestaciones habituales del SIS —invalidez y sobrevivencia— y la nueva compensación a mujeres por mayor expectativa de vida. El SIS pasará a ser administrado por el Seguro Social. 
    La compensación a mujeres por la mayor sobrevida resultará en que una mujer y un hombre que se jubilan a los 65 años con el mismo ahorro e igual grupo familiar obtengan la misma pensión, con un valor mínimo de 0,25 UF (aproximadamente $10.000 mensuales).
  • 4,5% al ahorro individual: Este porcentaje se unirá al actual 10% que los cotizantes aportan a sus cuentas individuales.
  • 1,5% al Aporte Diferido con Rentabilidad Protegida: Este porcentaje será administrado por el Seguro Social, con el que se financiará el beneficio de 0,1 UF por año cotizado. El Beneficio por Año Cotizado tendrá un tope de 25 años cotizados (2,5 UF). El requisito será de 13 años para las mujeres y de 20 años para los hombres. 
    Se aplicará íntegramente por los primeros 20 años y de modo decreciente por los siguientes 10. El Aporte Diferido con Rentabilidad Protegida será integrado a la pensión del trabajador a cuyo nombre se hayan efectuado las cotizaciones una vez que este se pensione, incrementado con correspondientes intereses y reajustes.

La aplicación de estas medidas serán graduales en hasta nueve años, por lo que los empleadores irán aumentando paulatinamente su aporte al sistema previsional.

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