Este mes chilenas y chilenos debemos concurrir a votar por el plebiscito constitucional en el que decidiremos si se cambia o no la actual Carta Magna, vigente desde 1980 con modificaciones a lo largo de los años.
Como siempre, la recomendación no es sólo informarse respecto al contenido de la propuesta elaborada por el Consejo Constitucional sino que también sobre el proceso.
Lo primero es consultar en el sitio del Servicio Electoral (Servel) si estás habilitado para votar y dónde.
¿Cómo votar para el plebiscito?
Eso es decisión tuya, pero debes saber que tras leer la propuesta que hizo el consejo constitucional, un voto a favor significa expresar que prefieres ese texto al vigente (1980 con reformas en 2005). Un voto en contra, busca mantener la actual Constitución.
El día del plebiscito debes concurrir a tu local de votación y encontrar tu mesa. Allí, los vocales te solicitarán tu cédula de identidad y te pasarán la papeleta. Tras entrar a la cámara secreta, debes marcar tu preferencia con una línea vertical que cruce las horizontales que vienen junto a cada alternativa.
¿Cómo se dobla el voto? Si bien los vocales de mesa te pasarán el voto predoblado, si te confundes o actualmente te come la ansiedad, la regla de oro es que primero se dobla de izquierda a derecha (aprovechando el doblez previo) y luego de abajo hacia arriba. La lengüeta debe quedar afuera, para doblarla y luego unirla a la otra cara del voto con la estampilla autoadhesiva que te entregarán.
¿Cómo es el voto del plebiscito constitucional?
La ley que nació fruto de un acuerdo entre la mayoría de los partidos políticos con representación en el Congreso, decidió que las opciones serán “a favor” si apruebas la propuesta, o “en contra” si la rechazas.
El voto tendrá la pregunta, “¿Está usted a favor o en contra del texto de nueva Constitución?”. Abajo, habrá dos rayas horizontales. La primera de ellas, tendrá en su parte inferior la expresión “A favor”, y la segunda, la expresión “En contra”.
¡Es obligatorio votar el 17 de diciembre!
Este 17 de diciembre, el sufragio será obligatorio para quienes tengan domicilio electoral en Chile. Si no concurres a votar, serás castigado con una multa a beneficio municipal de 0,5 a 3 unidades tributarias mensuales.
Hay ciertas causales que te eximen de pagar la multa, como una enfermedad, ausencia del país, encontrarse el día de la elección en un lugar situado a más de doscientos kilómetros de aquel en que se encontrare registrado su domicilio electoral o por otro impedimento grave. Estas causales se analizarán una vez que seas citado al Juzgado de Policía Local y el único trámite que puedes hacer el mismo día de la elección es dejar constancia en Carabineros si es que estás a más de 200 kilómetros del local de votación.