La Democracia Cristiana (DC) presentó un documento con trece propuestas para realizarle cambios a la nueva Constitución, en caso de que gane la opción Apruebo en el plebiscito del 4 de septiembre. Desde la falange dijeron que se trata de materias que “no quedaron bien resueltas”.
La DC ha manifestado su opción institucional en favor del Apruebo, pese a que un grupo de militantes liderados por los senadores Matías Walker y Ximena Rincón han dicho que votarán y harán campaña por el Rechazo.
Por esas diferencias es que la directiva de la DC presentó un documento con trece propuestas para mejorar el texto constitucional.
“Reincorporar la iniciativa exclusiva del presidente(a) de la República en materia de gasto fiscal. No permitir la reelección del presidente(a) de la República y evaluar la extensión de dicho período a 5 o 6 años”, dice el primer punto del documento.
La propuesta se centra en distintos ámbitos de la Constitución, principalmente en el Sistema Político que propuso la Convención Constitucional. La falange pretende regular el sistema electoral para fortalecer los partidos políticos, reincorporar el Estado de Excepción de Emergencia dentro de la carta fundamental, y aumentar las facultades de la Cámara de las Regiones.
“Revisar las restricciones a la legítima comercialización de las autorizaciones de uso de agua, pero que el fin para el que se otorgó sea inamovible. Asimismo, las autorizaciones de uso deben ser por un tiempo que permita el uso eficiente del agua y de los proyectos productivos. Junto con establecer requisitos para su otorgamiento, la ley deberá establecer formas claras de limitación que no den lugar a arbitrariedad de la administración”, propone la DC.
“En cuanto a la restitución de tierras para los pueblos indígenas, el órgano encargado de dicho propósito podría ser creado por ley y en la designación de sus integrantes tengan participación otros órganos del Estado”, añade el documento.
Los 13 puntos que pretende revisar la DC en la nueva Constitución
● Reincorporar la iniciativa exclusiva del presidente(a) de la República en materia de gasto fiscal. No permitir la reelección del presidente(a) de la República y evaluar la extensión de dicho período a 5 o 6 años.
● Regular el sistema electoral en la Constitución para evitar la excesiva proliferación de partidos pequeños y cambiar la nomenclatura de “organizaciones políticas” por “partidos políticos”.
● Reincorporar el Estado de Excepción de Emergencia.
● Aumentar las facultades de la Cámara de las Regiones para incluir la Seguridad Social, la regulación del agua y toda iniciativa que irrogue gasto. Asimismo, proponemos que se llame Senado de las Regiones.
● La elección de la Cámara de las Regiones debe ser simultánea con la elección Presidencial y del Congreso de Diputadas y Diputados.
● Revisar las restricciones a la legítima comercialización de las autorizaciones de uso de agua, pero que el fin para el que se otorgó sea inamovible. Asimismo, las autorizaciones de uso deben ser por un tiempo que permita el uso eficiente del agua y de los proyectos productivos. Junto con establecer requisitos para su otorgamiento, la ley deberá establecer formas claras de limitación que no den lugar a arbitrariedad de la administración.
● En cuanto a la restitución de tierras para los pueblos indígenas, el órgano encargado de dicho propósito podría ser creado por ley y en la designación de sus integrantes tengan participación otros órganos del Estado.
● Se debe revisar la integración de la Corte Constitucional, ya que se mantiene la designación de tres ministros por parte del presidente de la República, sin que existan contrapesos.
● Evaluar los nombramientos del Consejo de la Justicia: Corte Suprema, TC, TCE y los TER. Se está creando por vía nombramiento un órgano muy relevante. Permitir que otras autoridades tengan participación en el nombramiento de jueces y juezas para que esa atribución no se concentre únicamente en el Consejo. Asimismo, hay que revisar la integración del Consejo de la Justicia para asegurar su buen funcionamiento según sus competencias.
● Se podría examinar la reposición del control de constitucionalidad preventivo de los proyectos de ley, pero sólo por vicios de forma en la tramitación de la ley. Asimismo, se debería evaluar el control preventivo de constitucionalidad de los tratados, considerando que luego tendrán rango constitucional.
● Concordar la referencia al consentimiento de los pueblos y naciones indígenas aludida en el artículo 191, a los efectos de que el procedimiento de consulta previa se ajuste plenamente a lo dispuesto en el Convenio 169 de la OIT.
● Se deben regular con más detalle la justicia indígena en el texto constitucional, señalando que es de naturaleza voluntaria, que sólo se aplica a personas que forman parte de un mismo pueblo originario, y para determinar en qué materias sería competente.
● Se debe revisar el concepto de territorio indígena y explicitar solo tierras, para no generar confusión.