El Senado aprobó la tarde de este miércoles la asignación de escaños reservados para mujeres en un eventual órgano constituyente que se conformará en caso de que la ciudadanía “apruebe” el próximo 26 de abril la elaboración de una nueva Constitución.

Con 28 votos a favor, 6 en contra y 4 abstenciones la Cámara Alta logró los tres quintos (3/5) que requería la moción de paridad de género como una norma complementaria al proceso constituyente, en el que se puede conformar una convención constitucional con todos sus miembros elegidos o una convención mixta con la mitad de los representantes designados por el Congreso.

Con los votos de toda la oposición se esperaba que se sumaran algunos apoyos desde Renovación Nacional (RN), cuyos diputados aprobaron, en su mayoría, el proyecto presentado en la comisión mixta por la senadora Yasna Provoste y otros parlamentarios.

En la aprobación, los votos claves fueron los de la senadora ex Evópoli Carmen Gloria Aravena, perteneciente a la bancada RN, el senador RN Manuel José Ossandón, quien también había anunciado su voto en enero, aunque se ausentó aquella vez, además de Rafael Prohens y Juan Castro, también RN.

El detalle de la fórmula

La propuesta de la oposición y que hoy fue visada por la Cámara de Diputados, contempla una paridad de entrada y una de salida. 

Paridad de entrada: 

  • Listas siempre estarán encabezadas por mujeres y con integración alternada entre hombre y mujer. 
  • En los distritos que escogen 3 o 4 convencionales las listas podrán ser de hasta seis candidatos

Paridad de salida

  • En los distritos en que se dé la paridad de forma natural con el resultado electoral -independientemente de las listas o partidos a los que pertenezcan las y los candidatos- no se realizarán correcciones. 
  • En los que no ocurra este escenario, la fórmula será la siguiente: se entenderá la paridad en aquellos distritos de elección par, como igual cantidad de hombres y mujeres electos, independientemente de las listas o partidos a los que pertenezcan. En caso de que se elijan números impares, ningún sexo podrá escoger más de un convencional adicional al otro. O sea, si se eligen 8 personas, podrá haber un máximo de 5 hombres. 

La corrección se realizará de la siguiente forma: se ordenarán los convencionales pre asisgnados del distrito que no haya cumplido con la paridad de menor a mayor del sexo sobre representado, reemplazado el de menor votación por la candidata o candidato del sexo sub representando con mayor votación, del mismo partido o lista del reemplazado, según sea cada caso. 

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