Durante estas últimas semanas se hablaba sobre la idea de que el plebiscito programado para el 26 de abril de 2020 que va a definir si la ciudadanía quiere o no elaborar una nueva Constitución se tuviera que postergar por la crisis sanitaria que ha generado el coronavirus.
Y así lo decidieron este jueves los partidos políticos en un acuerdo transversal en el que establecieron nuevas fechas para todas las elecciones que se realizarían este año debido a la emergencia del coronavirus.
Es por eso que el los partidos políticos acordaron postergar el plebiscito para que se realice el 25 de octubre.
La presidenta del Senado Adriana Muñoz señaló al concretarse la nueva fecha: "Felicito de corazón el esfuerzo que han hecho los partidos" y agregó que "se trató de un acuerdo transversal en el que se sumaron muchos más partidos que cuando se firmó el acuerdo por la Paz y la Nueva constitución del 15 de noviembre pasado".
En ese sentido, Muñoz señaló: "Se trata de un acuerdo más grande que el del 15 de noviembre".
De esta forma las nuevas fechas quedan así:
- 25 de octubre 2020: Plebiscito Constitucional
- 29 de noviembre 2020: Primarias de alcaldes
- 04 de abril 2021: Elecciones de alcaldes, concejales, gobernadores y constituyentes
- 02 de mayo 2021: Segunda vuelta gobernadores
Cabe recordar, que el lunes los timoneles se habían reunido con el Colegio Médico donde acordaron aplazar el plebiscito fijado inicialmente para el 26 de abril. Tras eso desde Chile Vamos consensuaron con el Presidente Sebastián Piñera una propuesta de fechas la que fue socializada esta jornada con la oposición.
LA POSTURA DEL SERVEL
El acuerdo, además, se conoce en una jornada donde el Servicio Electoral envió al gobierno un documento en el que señalan que, considerando la situación sanitaria del país, se ha vuelto imposible realizar tanto el plebiscito como las primarias municipales. Esto, a su vez, obliga a reagendar la elección del 25 de octubre.
"Dada la emergencia nacional por la pandemia del Coronavirus parece evidente la necesidad de postergar la realización del plebiscito. Para establecer una nueva fecha para su realización, se estima fundamental tener presente las consideraciones de la autoridad sanitaria que aseguren que su implementación no constituirá un riesgo para la salud de la población", señala el servicio.
En cuanto a las primarias, fijadas originalmente para el 7 de junio, el Servel señala que no es posible realizarlas considerando las limitaciones al derecho a reunión, lo que impide hacer una serie de trámites formales del proceso, así como las propias campañas. Junto con esto, exponen que "la posibilidad de organizar los locales de votación y contar con vocales para las mesas receptoras de sufragios en la fecha en que debería realizarse, puede verse seriamente resentida". Los mismos argumentos aplican para los comicios de gobernadores.
Aunque una posibilidad podría haber sido realizar el 25 de octubre las municipales y el plebiscito, el Servel plantea que "no parece técnicamente recomendable realizar conjuntamente elecciones de naturaleza tan diversa como son los plebiscitos en los que se elige entre opciones, con las elecciones que eligen entre candidaturas. Menos tratándose de autoridades locales".
"Obviamente las campañas se confunden y la elección de los candidatos pasa a depender de la opción que estos apoyen, lo que genera distorsiones dada la diferente naturaleza de los distintos actos electorales. Una referida principalmente a aspectos locales y otra a temas nacionales", agrega el Servel.
A esto se suma, explica el organismo, que ambos comicios tienen regulaciones diferentes en materia de franja televisiva y fiscalización y control del gasto. "La franja televisiva se puede transformar en una campaña de los candidatos y no de las opciones", advierte el servicio.
Junto con lo anterior, el Servel plantea que deben considerarse plazos mínimos de separación entre las elecciones para su correcta organización. Como este plebiscito tiene asociado una eventual elección de convencionales -en caso que triunfe el Apruebo- el Servel plantea que el plazo debiera ser de a lo menos 120 días.