El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) emitió este jueves un pronunciamiento unánime sobre el caso de colusión de precios de los pollos por los que se acusa a tres supermercados.

Respecto a este tema, el tribunal determinó rechazar los recursos interpuestos Cencosud, Walmart y SMU, acogiendo así la petición de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) por lo que aplicó millonarias multas a dichas empresas.

Según indica la FNE en su página web, la sanción económica contra estas empresas supera los 12,4 millones de dólares, más de 8 mil millones de pesos. Eso sí, la FNE había pedido multas cercanas a los 27 millones de dólares para estas cadenas por coordinarse para fijar precios mínimos en las venta de pollos entre 2008 y 2011.

"Este mecanismo quedó al descubierto en el marco de la investigación realizada en el denominado caso pollos, en el cual las avícolas Agrosuper, Ariztía y Don Pollo fueron condenadas en octubre de 2015 por la Corte Suprema a multas que totalizaron 74.000 UTA, equivalentes a más de US$ 55 millones de la época", aseguró la FNE en su sitio web.

Asimismo, a partir los registros e incautaciones realizados el 14 de diciembre de 2011 se pudo recopilar antecedentes "que dieron cuenta de los contactos sostenidos entre ejecutivos de las cadenas de supermercados y de las empresas proveedoras de pollos".

"Los documentos revelaron que los primeros (ejecutivos) reclamaban por vía telefónica o por e-mail ante los segundos (proveedores) cuando detectaban que otra cadena se desviaba del acuerdo de no vender bajo el precio de lista mayorista. El objetivo de estas gestiones era que los proveedores actuaran como intermediarios, alertando a la otra cadena sobre el incumplimiento para que se ajustara a las directrices acordadas", agregó la FNE.

Para corroborar que este acuerdo se cumplía, la FNE sostuvo que las cadenas chequeaban constantemente los precios de la competencia a través de personal interno y empresas externas.

De esta manera, el dictamen establece que Cencosud deberá cancelar la suma de 5,14 millones de dólares (3 mil 500 millones de pesos), Walmart 4,1 millones de dólares (2 mil 600 millones de pesos) y SMU 3 millones de dólares, unos mil 900 millones de pesos.

Para revisar el fallo completo ingresa al siguiente enlace.

Empresas tienen 10 días hábiles para apelar

Tras la sentencia dictada hoy por el TDLC, las partes tienen un plazo de 10 días hábiles para presentar un recurso de reclamación ante la Corte Suprema.

Una medida ya fue confirmada por Cencosud, que señaló que "no comparte la decisión del TDLC y reitera que no ha participado en conductas anticompetitivas, por lo que reclamaremos ante la Corte Suprema para afirmar nuestra inocencia”.

Desde el holding agregaron que "estamos convencidos que tanto la FNE como el TDLC calificaron erróneamente los hechos" y remarcaron que "lo que ha quedado demostrado y ha sido confirmado por la Corte Suprema en fallo anterior, es que los proveedores de carne de pollo se encontraban coludidos, lo que evidentemente afectó las condiciones de competencia de este producto”.

Más tarde, SMU informó en un comunicado que "negamos rotundamente haber participado de alguna coordinación de precios con nuestros competidores".

En ese sentido aseguraron, al igual que Cencosud, que "tenemos la más absoluta convicción de haber actuado correctamente por lo que reclamaremos ante la Corte Suprema para demostrar nuestra inocencia". 

Finalmente Walmart también se refirió a la resolución indicando que también irán a la Suprema "para demostrar que cumplen con la normativa en materia de libre competencia".

"Walmart Chile lamenta la decisión adoptada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), ya que en el transcurso del proceso que lleva a cabo el organismo se han entregado argumentos sólidos, que avalan el correcto actuar de la compañía", aseguraron.

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