Cada mes de marzo los bancos chilenos deben detallar las acreencias bancarias sujetas a caducidad. Estas no son otra cosa que dineros a nombre de personas, empresas o instituciones, que permanecen depositados a la espera de ser cobrado por su titular.

Se trata de montos que, según establece la misma ley y después de dos años sin movimiento, entran en plazo legal para caducar y pasar a las arcas del Fisco. Esto último solo si sus dueños no aparecen dentro del último periodo posible para cobrar.

Para informar la existencia de las acreencias, durante marzo los bancos publican en el Diario Oficial las nóminas de quienes tienen dinero –montos superiores a 5 Unidades de Fomento-  a su haber y aún pueden cobrarlo. Posteriormente, la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) consolida dicha información para ponerla a disposición de los interesados en una plataforma única de consulta web a través de nombre y apellido.

BancoEstado

Este martes BancoEstado dio a conocer su nómina de acreencias bancarias 2018

¿Quiéres saber si tienes acreencias en dicha institución? Descarga el documento adjunto en este enlace y presiona Ctrl F, para buscar por tu nombre. 

O revisa el documento haciendo click en la foto desplegada a continuación. 

Dudas y respuestas sobre las acreencias

 ¿Qué son las acreencias?

Las acreencias bancarias afectas a caducidad son diferentes sumas de dinero que se encuentran depositadas en una entidad bancaria. Se generan a partir de distintas operaciones que se realizan en el año y nunca fueron cobradas, por lo que anualmente las entidades bancarias entregan una lista en enero con todos los fondos olvidados. 

¿Cómo puedo saber si tengo una acreencia?

Todos los años en el mes de marzo -generalmente en la segunda quincena- el Diario Oficial publica los montos superiores a 5 Unidades de Fomento (U.F.) que están esperando ser retirados.  

¿Cómo puedo saber si tengo acreencias menores a 5 UF?

Los montos entre 1 UF y 5 UF deben ser consultados en cada entidad bancaria.

¿Qué datos necesito para buscar si tengo acreencias?

Los datos son publicados con el primer nombre y el apellido del acreedor.

¿Cómo se cobra una acreencia?

El mismo titular puede cobrar el monto con su cédula de identidad, o bien, puede acudir a asesoramiento jurídico.

¿Es necesario un abogado para cobrar la acreencia?

No. En los casos en que la acreencia no esté a nombre del titular, es recomendable conseguir asesoramiento jurídico, ya que para recuperar el título se deberá seguir un proceso en tribunales.

¿Qué pasa si no cobro una acreencia?

Existe un plazo límite de tres años para reclamar el dinero, de lo contrario esos montos pasarán íntegramente a las arcas del Fisco.

Los tres años comienzan a regir desde el día 31 del mes de enero en que el banco forma la lista de acreencias afectas a caducidad.

¿Todos los fondos tienen fecha de caducidad?

Hay ciertos fondos que siempre siguen a nombre de sus dueños y no pasan al Estado a pesar de estar inmovilizados por dos años.

Se trata de los depósitos y captaciones a plazo indefinido o con cláusulas de renovación automáticas. Éstas incluyen las cuentas de ahorro; las boletas o depósitos de garantía, salvo cuando se les haya fijado una fecha de vencimiento; las sumas recibidas por cheques viajeros; y los casos en que haya retención, prensa o embargo sobre los dineros. 

¿Cómo puedo saber si tengo acreencias en los procesos de los años anteriores?

Puedes revisar también si tienes acreencias de años anteriores en el siguiente buscador:

¿Qué se puede hacer cuando el beneficiario ha fallecido?

En esos casos se debe actuar igual que con cualquier otra herencia. De todos modos, cada banco tiene información sobre el trámite específico.

Asimismo, si en los datos aparece la palabra "sucesión" seguida del nombre del beneficiario significa que el dinero corresponde a los herederos del titular.

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