El titular del Ministerio del Trabajo, Nicolás Monckeberg, explicó que el Gobierno evalúa la posibilidad de realizar cambios al sistema de indemnizaciones por años de servicio en proyecto de modernización laboral. 

“Es muy importante que nuestro mercado de trabajo promueva oportunidades laborales. A veces tenemos normas que dejan anclado a los trabajadores en empleos y desincentivan la búsqueda de nuevas oportunidades, como es el caso de nuestro sistema de indemnización por término de contrato, que desincentiva la posibilidad de una nueva oportunidad de empleo, porque si la tomo pierdo toda la antigüedad en la empresa”, dijo el ministro en declaraciones publicadas por La Tercera.

Con todo, el titular de Trabajo hizo hincapié en que “lo estamos evaluando, no lo hemos resuelto, porque queremos hacer una etapa de conversación intensa en las mesas laborales y en base a todo ello queremos hacer una propuesta de modernización”.

En tanto, el ministro de Hacienda Felipe Larraín confirmó que es un tema que se encuentra en análisis, "pero estamos conscientes que cualquier cambio que haya en ese sentido tiene que ir con un fortalecimiento muy importante del seguro de cesantía". 

"Las indemnizaciones por años y servicios han sido una suerte de sustituto por un seguro de cesantía que no es todo lo potente que uno pudiera pensar", aseguró Larraín. 

¿Cómo funciona la actual normativa?

Para entender cómo funciona la indemnización por años de servicio es clave remitirse al artículo 163 del actual Código del Trabajo. Este documento establece que en el evento de que un trabajador que ha estado contratado por más de un año sea despedido por necesidades de la empresa, ésta deberá indemnizarlo por los años de servicio que las partes hayan convenido individual o colectivamente.

Sin embargo, se deja claro que el empleador deberá pagar al trabajador una indemnización equivalente "a treinta días de la última remuneración mensual devengada por cada año de servicio y fracción superior a seis meses, prestados continuamente a dicho empleador".  Es decir, si una persona ha trabajado cuatro años en una empresa, recibirá un monto equivalente al menos cuatro sueldos. Si sobrepasó los cuatro años y seis meses, recibirá un monto equivalente a cinco sueldos. 

El Código del Trabajo, sin embargo, establece un tope máximo de trescientos treinta días de remuneración, lo que equivale a 11 años u 11 sueldos.

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