La Fiscalía Nacional Económica (FNE) presentó el lunes un requerimiento contra Latam Airlines Group (Latam) ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), acusando el incumplimiento de la Resolución N°37 del Tribunal, que aprobó la fusión de las aerolíneas Lan Airlines S.A. y Tam Linhas Aéreas S.A. en 2011.
En esa resolución, el Tribunal fijó catorce condiciones para permitir la unión de ambas aerolíneas, siendo la séptima de ellas la incumplida por Latam. Dicha condición obliga a la empresa a renunciar en un plazo de dos años (que se cumplió el 22 de junio de 2014), a acuerdos de códigos compartidos con aerolíneas pertenecientes a alianzas distintas a Oneworld en las rutas que conectan Chile con Europa o Norteamérica, ya sea en vuelos directos o con escala en Sudamérica, o bien, obtener, una autorización del TDLC para mantenerlos.
La misma condición obliga a Latam a obtener una autorización previa del Tribunal para celebrar nuevos acuerdos de códigos compartidos con aerolíneas de alianzas distintas a Oneworld.
Durante el proceso de fiscalización del cumplimiento de la resolución, la FNE detectó que la compañía mantuvo seis acuerdos de códigos compartidos que incumplen la resolución del Tribunal y que, además, ha celebrado otros cuatro acuerdos similares con posterioridad a la resolución dictada por el TDLC, sin haber obtenido la autorización respectiva.
Debido a lo anterior, la Fiscalía solicitó al TDLC que ordene a la aerolínea poner término a estos acuerdos en un plazo máximo de 60 días desde que se dicte la sentencia, además de una multa a beneficio fiscal de 5.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), lo que equivale a alrededor de US$ 4,2 millones.
“La aprobación de una operación de concentración supone obligaciones que persisten más allá de la fecha en que se concreta una fusión y la Fiscalía está activamente revisando el cumplimiento de cada una de tales obligaciones. Quienes no cumplen una obligación, están vulnerando el DL 211 y se exponen a las multas y sanciones contempladas en la legislación, que busquen el cumplimiento íntegro de ésta”, señaló el Fiscal Nacional Económico, Felipe Irarrázabal.
Agregó que “este es un tema que las empresas deben asumir y cobra más relevancia ahora que se trabaja en la reforma al sistema de libre competencia, que, entre otras cosas, propone crear un sistema obligatorio para el control de operaciones de concentración”.
En este caso, para determinar la multa, la Fiscalía consideró la gravedad del incumplimiento y el carácter de reincidente de Latam o sus antecesores legales, dice el requerimiento.
Los acuerdos de código compartido que la Fiscalía pide cancelar vinculan a Latam -a través de sus filiales Lan Argentina, Lan Perú y Tam- con Aeroméxico, AirChina, All Nippon Airways, Lufthansa, Korean Airlines y Singapore Airlines.
La Condición N°7 fue una de las medidas que Lan intentó revertir mediante un recurso de reclamación que fue rechazado por la Corte Suprema en el fallo que confirmó la resolución del TDLC en abril de 2012.