Este lunes, la Presidenta Michelle Bachelet ingresó los tres proyectos que modifican el sistema de pensiones. Las casi 160 páginas divididas en tres cuerpos se comenzará a votar este miércoles y busca re plantear el sistema de seguridad previsional existente.

Uno de los más polémicos es el que establece el nuevo marco regulatorio para las Administradoras de Fondos de Pensión. Entre alguno de los artículos que se encuentran contenidos en la moción está la elección de la figura de un "representante" de los afiliados, que podrá tener injerencia en el Consejo que decide las inversiones que realiza la administradora. 

En T13.cl hicimos un resumen de los principales ejes que plantea este proyecto que promete hacer frente a los importantes desafíos que transversalmente los diagnósticos han evidenciado".

1. Altos Ejecutivos de las AFP deberán invertir un 25% de su sueldo en los mismos fondos que los afiliados:

Una de las medidas que supone el nuevo marco regulatorio en materia de pensiones es la "alineación de incentivos entre los altos ejecutivos de las AFP y las o los afiliados". Para eso, la ley contempla que los directivos inviertan una cuarta parte de sus remuneraciones en los mismos fondos que las personas que cotizan en las diferentes administradoras. 

Los recursos invertidos "podrán ser retirados al cumplimiento de los 36 meses desde su entero" o cuando el ejecutivo termine la relación laboral con la compañía. 

2. Traspaso de fondos "adyacente":

El actual marco regulatorio de los multifondos supone la libertad de los afiliados para transitar entre los fondos que dispone el sistema, a pesar de que cada uno de ellos está pensado para una edad determinada del cotizante.

La nueva ley estipulará que si la persona quiere cambiar de multifondo, solo podrá hacerlo al adyacente, es decir, si se cotiza en el fondo A, solo se podrá cambiar al B.

Asimismo se establece que habrá un periodo máximo en que los cotizantes podrán permanecer en los fondos de alto riesgo, como el A o el B. Lo anterior se debe a "la magnitud de las pérdidas que han enfrentado los Fondos de Pensiones más riesgosos en períodos de crisis financieras", por lo que se busca que las personas mayores no estén expuestas a fondos riesgosos.

3. Aumento del tiempo de licitación de clientes de las AFP:

Actualmente, las administradoras se adjudican una licitación para recibir a todos los clientes que recién ingresan al sistema de cotizaciones. La ley establece que las empresas que se llevan esa cartera tienen la licitación durante dos años, pero ahora se busca ampliar ese plazo a tres años, pero no aumentando el tiempo que los cotizantes deben permanecer en la AFP, ya que de igual forma podrá cambiarse una vez finalizados los dos años.

Hasta ahora, la entidad que se encargaba de otorgar esta licitación era la Superintendencia de Pensiones, pero el proyecto contempla que se hagan cargo de esta adjudicación los ministerios de Trabajo y Hacienda.

4. Comisión de intermediación deberán pagarla las administradoras:

Estas comisiones son diferentes a las que pagan los afiliados por sus cuentas previsionales y se utilizan específicamente cuando las AFP contratan intermediarios para invertir en instrumentos extranjeros y locales, como los fondos mutuos.

La nueva normativa contempla que esta comisión de un 1% de la inversión sea pagada por las mismas administradoras, para así "disminuir eventuales conflictos de intereses" y otorgar más "transparencia" al sistema. 

Asimismo, se les exige a las empresas que informe en la cartola cuatrimestral las comisiones que hayan sido pagadas con los fondos de pensiones. 

5. Fortalecer la regulación para evitar incompatibilidad de cargos entre las AFP y las empresas:

El proyecto asegura que la actual incompatibilidad de cargos que establece la ley entre las AFP y las entidades de su grupo empresarial, resulta limitada y no cubre todos los casos de conflictos de intereses que puedan presentarse". Por lo mismo, se propone que se amplíe la categoría de cargos que serían incompatibles el normal desarrollo de las actividades propias de las administradoras. 

Por otro lado, las AFP deberán informar a la Superintendencia de Pensiones de todos los cambios que se produzcan en la propiedad de las administradoras, para así tener "un mejor control y a la transparencia en la industria".

6. Afiliados más presentes:

El nuevo proyecto considera que "las y los afiliados se informen de las decisiones que afectan las inversiones de sus recursos y puedan opinar sobre aquéllas". Para este fin, se contempla la figura de un representante que sea designado por los afiliados y que participe con derecho a voto en el Comité de Inversión y de Solución de Conflicto de Interés.

Estas personas recibirán una remuneración que deberá ser pagada por las mismas administradoras. 

7. Incentivas al Ahorro Previsional Voluntario Colectivo:

El Ahorro Previsional Colectivo es un mecanismo de ahorro que puede ofrecer una empresa, según el cual los ahorros voluntarios realizados por los trabajadores son complementados por los empleadores.

El plan del Gobierno busca incentivar esta herramienta entre las empresas mediante el descuento de los aportes que realicen contra el impuesto de primera categoría y que fluctuará entre el 4% y el 25% dependiendo de las remuneraciones que tengan los empleados.

Por otro lado se incorporará de forma automática a los trabajadores en los planes ofrecidos por la empresa. 

8. Beneficio para los trabajadores que continúen cotizando después de la edad legal: 

Las personas que decidan seguir cotizando después de la edad legal de la jubilación tendrán el beneficio de no pagar la comisión por el depósito de cotizaciones a la AFP.

9. Exención de pagos en caso de femicidio, parricidio u homicidio:

El nuevo proyecto detalla que se eximirán del pago de las Pensiones de sobrevivencia en el caso de las personas que hayan actuado como autor, cómplice o encubridor por los delitos de femicidio, parricidio u homicidio en contra del dueño del ahorro previsional.  En esos casos, la pensión pasará a los otros beneficiarios que contempla la ley. 

10. Integración de los convivientes civiles:

El nuevo proyecto buscará "igualar completamente los derechos de las y los convivientes civiles a los derechos previsionales de los que gozan actualmente las y los cónyuges". Con esto, las parejas que suscriban el Acuerdo de Unión Civil podrán tener derecho sobre la pensión de su conviviente, al igual que las personas que se casan a través del matrimonio civil.

11. Mayor fiscalización al ISP:

Con el fin de tener una "mayor regulación y control" del sistema, se propone la creación de nuevas facultades a la Superintendencia de Pensiones para que pueda ejercer un mayor control sobre los servicios que el Instituto de Previsión Social subcontrate.

12. Educación previsional:

El nuevo marco regulatorio contempla mejorar el conocimiento que tienen los usuarios del sistema de pensiones, por lo que se establecerá que las AFP deben invertir recursos por 70 mil UF mensuales para la creación de proyectos que "ejecuten programas o actividades que informen, orienten y difundan las características del sistema de pensiones para sus afiliadas y afiliados".

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