Enersis respondió al oficio de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), luego que ésta la instruyera a entregar más información respecto de la reorganización propuesta por Enel.
Según un comunicado de la compañía, los acuerdos adoptados por la mayoría de los miembros del Directorio dicen relación con:
1. La propuesta de Enel contenida en su carta fechada 23 de noviembre de 2015 sobre una negociación con Endesa Chile de un acuerdo para la inversión conjunta en proyectos de producción de energía renovable no convencional en Chile.
2.El compromiso de Enel, indicado en la misma carta, sobre los únicos vehículos de inversión del Grupo en Sudamérica (Enersis Chile y Enersis América) en el sector de la generación, distribución y venta de energía eléctrica con excepción, en su caso, de los negocios que actualmente desarrolla Enel, a través de Enel Green Power u otras sociedades de su Grupo, en el campo de las energías renovables, teniendo sin embargo en vista lo señalado en el punto 1 anterior.
3.Definir una ecuación de canje de 2,8acciones de Enersis Américas por cada acción de Endesa Américas y de 5 acciones de Enersis Américas por cada acción de Chilectra Américas. Esta ecuación de canje equivaldría a una participación del 84,16% en Enersis Américas para los accionistas de Enersis y del 15,75% en Enersis Américas para los accionistas minoritarios de Endesa Américas.
4.Establecer un mecanismo que contribuya a asegurar a los accionistas minoritarios de Endesa Américas un precio mínimo a valores de mercado actuales para sus acciones y a mitigar el riesgo de que la fusión no tenga lugar. Se anuncia que, siempre que lleguen a ser efectivas las divisiones de Enersis, Endesa Chile y Chilectra, es intención de Enersis (ya como Enersis Américas) presentar una oferta pública de adquisición de acciones emitidas por la futura sociedad Endesa Américas a un precio de $236 por acción de Endesa Américas.
5.Negociar de buena fe con Endesa Chile una compensación para que, en caso de que no se realice la fusión, los costos tributarios que pudiera soportar Endesa Chile como consecuencia de su división y debidamente acreditados, sean compensados por Enersis.
6. Aprobar los Pronunciamientos del Directorio de Enersis sobre los aspectos requeridos en el Oficio N°25412 de la SVS.