La Superintendencia de Salud publicó en el Diario Oficial el Índice de Costos de la Salud (ICSA 2023), mecanismo que entrega el tope al que las isapres podrán subir el precio base de los planes de los afiliados. La entidad liderada por Víctor Torres subrayó que el alza no es obligatoria y que ocurrirá si las empresas lo determinan y si es que la verificación del regulador lo permite.
El ICSA normalmente se aplicaba en junio, pero como parte de las medidas de emergencia que impulsó el Gobierno por la crisis de la industria, este año será en abril.
El cálculo del ICSA arrojó un valor de un 7,4%, muy por encima de las estimaciones que tenían las isapres. Durante la discusión del adelanto del reajuste, las compañías habían planteado que este mecanismo solo permitiría elevar un 2,8% los planes, por lo que lo anunciado por la Superintendencia es 2,6 veces mayor de lo que esperaban.
"Para que las Isapres puedan efectuar esta alza, tendrán 5 días corridos desde la fecha de publicación del ICSA, para comunicar al regulador si van adecuar o no el precio base de los planes de salud, el porcentaje de alza que aplicarán a su cartera de afiliados/as y, además, adjuntar los antecedentes de los costos operacionales que justifiquen dicha adecuación, siempre considerando como límite el monto cálculo del ICSA", detalló la Superintendencia.
Luego de recibir los antecedentes, esta institución deberá verificar los costos operacionales informados, en un proceso que terminará el 29 de febrero. Posteriormente, entre el 1 y el 10 de marzo, las isapres deberán comunicar el alza a sus afiliados.
Si los costos de la empresa son superiores al 7,4%, solo podrán subir los planes en ese porcentaje, pues es el tope que dicta el indicador.