En un escrito de 61 páginas ingresado al 30° Juzgado Civil de Santiago, Empresas La Polar contestó a la demanda colectiva presentada en su contra por el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) en el marco del caso de la presunta venta de ropa falsificada.

Los abogados de la multitienda, Marcelo Giovanazzi y Daniela Lobos (ambos del estudio Alcaíno Abogados), calificaron la arremetida del servicio como una “reacción irreflexiva a un escándalo mediático”.

Dicho escándalo mediático, dijeron, “se ha desinflado y las eventuales controversias entre la multitienda y las marcas singularizadas se han resuelto”.

Agregaron que La Polar no ha reconocido la falsificación de ropa o vestuario deportivo, sino de algunos documentos de trazabilidad presentados por proveedores extranjeros. De esta manera, volvieron a asegurar que la compañía ligada al empresario Leonidas Vial “fue víctima de un fraude”.

“En este sentido, resulta al menos curioso que el Sernac –agencia estatal encargada y mandatada para defender los derechos de los consumidores- parezca más preocupada de cautelar los intereses y el negocio de los representantes de determinadas marcas de vestuario extranjeras que de impulsar las iniciativas que benefician a los clientes”, atacó La Polar.

El modelo Súper Marcas

En su contestación, la multitienda volvió a defender su modelo de importaciones paralelas que ha denominado como Súper Marcas, reiterando que no se encuentra impedida de comprar productos directamente al fabricante o proveedor extranjero autorizado.

“La estrategia comercial de La Polar es absolutamente legal, legítima, genera externalidades positivas y es ventajosa para los consumidores y el mercado, por lo que más allá de la situación que dio lugar a esta demanda, no se deben desconocer las ventajas que su implementación otorga a los consumidores finales ni se deben estigmatizar determinados modelos de negocio o estrategias comerciales válidas y permitidas por la Ley”, dijo la empresa.

Por otro lado, La Polar dijo que las 3.000 UTM (casi $ 190 millones) de multa que solicitó el Sernac es un monto “desproporcionado” y que la Ley del Consumidor no se refiere en ningún momento a informar las estrategias comerciales, el modelo de negocios desarrollado por el proveedor para adquirir los productos o el origen de las prendas.

Y los abogados añadieron: “¿Cómo podría nuestra representada informar oportunamente a los consumidores sobre un hecho que le era desconocido y que se le había ocultado fraudulentamente por parte de éstos últimos? Lo anterior, vale reiterar, pese a haber realizado la totalidad de acciones y adoptado a cabalidad aquellas medidas que efectivamente se encontraban dentro de su esfera de control”.

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