Con diferencias cercanas a los $12 millones se podría encontrar un consumidor al solicitar un crédito hipotecario de 1.500 UF a 20 años de plazo, según un estudio realizado por el Sernac.

Tras recoger los datos de 44 instituciones financieras (Bancos, Agentes Administradores de Mutuos Hipotecarios, Cajas de Compensación y Cooperativas de Ahorro), el Sernac detectó que un 55% de ellas entrega este tipo de servicio y sólo 18 proporcionaban la información en el sitio web.

Mientras en la comparación de la Carga Anual Equivalen (CAE) existieron diferencias de hasta un 77%, al medir el Costo Total del Crédito (CTC) se apreciaron diferencias de hasta 23%.

De esta forma, el Banco Consorcio fue el que resultó más barato llegando a las 2.294 UF y en el otro extremo se situó Itaú con un costo de 2.519 UF.

Al revelar el estudio, el director del Sernac, Ernesto Muñoz, recordó a los consumidores que a la hora de contratar un hipotecario, es recomendable evaluar la oferta de propiedades que ofrece el mercado, ajustándose tanto a las necesidades como a la capacidad de pago” y recordó los derechos de la ciudadanía.

Derechos del consumidor en materia de crédito hipotecario

 

  • Derecho a exigir en los contratos de crédito hipotecario la hoja de resumen que debe ir en la primera hoja del contrato con el costo y las principales condiciones del mismo.
  • Las cotizaciones de créditos hipotecarios deben tener una vigencia de al menos siete días hábiles. Es decir, en ese plazo, no le pueden cambiar las condiciones ofrecidas lo que le permite cotizar y comparar con otros oferentes.
  • Tiene derecho a ser informado por escrito de las razones objetivas del rechazo a la contratación del crédito hipotecario.
  • El proveedor no puede exigir al consumidor la inclusión, contra su voluntad, de otra hipoteca que no sea la que garantiza el crédito que se contrata.
  • Recuerde que en los créditos hipotecarios sólo es obligatoria la contratación de seguros de desgravamen e incendio con sismo. Los demás seguros son de contratación voluntaria.
  • El consumidor tiene derecho a pedir en cualquier momento información sobre el crédito hipotecario que posee y la institución tiene obligación de responder en un máximo de 3 días hábiles. De todas maneras la institución debe informar trimestralmente al consumidor el estado de su crédito.
  • Los consumidores tienen derecho a conocer la liquidación total del crédito a su solicitud.
  • Tienen derecho a terminar el contrato de crédito hipotecario por su sola voluntad una vez que haya pagado toda la deuda del crédito, incluyendo el costo de prepago.
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