El Consejo Fiscal Asesor (CFA) del Ministerio de Hacienda propuso tres criterios para realizar retiros del Fondo de Estabilización Económica y Social (FEES). La entidad presidida por la economista Andrea Repetto, señaló que dado que el FEES cumple el rol de estabilizar la capacidad de financiamiento fiscal en un ciclo, proponen tres criterios que se deben considerar a la hora de realizar los retiros. 

El primero es definir un tamaño mínimo para el FEES que permita financiar el costo de eventos extremos, además de obligaciones legales como las derivados de la regla de acumulación del Fondo de Reserva de Pensiones (FRP).

El segundo es considerar el uso del FEES dentro de una evaluación conjunta del portafolio del gobierno basada en las condiciones de mercado que contemplen los costos y riesgos involucrados tanto en el corto como en el mediano plazo.

Por último, señalan que se debe proponer un plan plurianual del financiamiento del déficit fiscal previsto para los próximos años que especifique los montos a usar y resguarde la sostenibilidad del FEES a mediano plazo. A continuación describimos cada uno de estos tres criterios:

En el primero de los casos, el CFA sostiene que el tamaño mínimo del FEES debe considerar que el fondo de Reserva de Pensiones obtiene del FEES un 0,2% del PIB en cada año en que exista un déficit fiscal efectivo.

Por otro lado, dice que se debe considerar la conveniencia de los fondos de retiros del FEES en comparación con otras fuentes de financiamiento, por ejemplo, el retorno de los activos versus el costo de endeudamiento, los posibles efectos cambiarios de liquidar activos en moneda extranjera, eventuales cambios en la clasificación de la deuda soberana por alzas en el endeudamiento bruto, entre otros.

También destaca que se debe evaluar el costo en términos de credibilidad al usar el FEES para financiar gastos, cuando los déficits fiscales estructurales pueden proseguir en el futuro. Advierte que el uso del FEES puede “fomentar la creencia de que el gobierno desea utilizar estos fondos para gastar más allá de lo establecido por la regla del balance estructural”.

Ante ello, sugiere que sería apropiado que un documento comunicara claramente el plan de financiamiento que se utilizará para solventar los déficits fiscales previstos en los años subsiguientes. Por ejemplo, comenta que sería bueno hacerlo en el Informe de Finanzas Públicas.

En  resumen, señala que la decisión de liquidar activos del FEES debe ser netamente financiera, de portafolio, con fines de estabilización y por tanto no ser utilizada para financiar gastos permanentes, ni gastos específicos, poniendo énfasis en aquellos como infraestructura o la capitalización de empresas públicas.

¿Qué es el FEES?

El FEES comenzó a operar el 6 de marzo de 2007, con un aporte inicial de US$ 2.580 millones, gran parte con recursos provenientes del antiguo Fondo de Estabilización de los Ingresos del Cobre, que concluyó su operación refundiéndose en el FEES.

Este fondo permite financiar eventuales déficit fiscales y realizar amortizaciones de la deuda pública, contribuyendo así a que el gasto fiscal no se vea mayormente afectado por los vaivenes de la economía mundial y la volatilidad de los ingresos que provienen de los impuestos, el cobre y otras fuentes.

Por ejemplo, ante eventuales ciclos adversos de la economía que afecten los ingresos del Fisco, el Presupuesto podría financiarse en parte con los recursos del FEES sin la necesidad de acudir al endeudamiento.

La última vez que se usaron estos fondos fue en 2009, en el primer gobierno de Michelle Bachelet, para enfrentar los efectos de la crisis subprime. 

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