A lo largo de un documento de 50 páginas, la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) explicitó la política y procedimientos que se aplicarán para el ejercicio de la función supervisora, la que el organismo busca potenciar.
Con esto, se busca dejar en claro la forma cómo el ente regulador "ejerce sus facultades", lo que está sustentado en tres pilares, entre los que destaca el plan anual de fiscalización, en el que de acuerdo a los riesgos detectados, se establecerán las entidades y actividades "más riesgosas" que irán "tomando mayor prioridad y relevancia".
Para ejercer sus funciones, la SVS opera con mecanismos de fiscalización, entre los que figuran el análisis de información provista al mercado y al regulador, la verificación del cumplimiento normativo, y la evaluación de la calidad de gestión de riesgo. Sin embargo, destacó que se realizará una priorización de recursos en materia de fiscalización.
Respecto de lo anterior, el ente regulador precisó que "el tipo de fiscalización dependerá del impacto relativo que tiene la entidad, industria y actividad". Así, las con mayor riesgo serán fiscalizadas mediante auditoría de evaluación de la gestión de riesgo, las con menor impacto serán revisadas principalmente por fiscalizaciones del tipo de análisis de información.
Todo esto, agregó, será complementado con la fiscalización realizada por las propias bolsas a sus corredores miembros y las labores que efectúan las empresas de auditoría externa.
Plan anual de fiscalización
De acuerdo al documento, en marzo de cada año se presentarán los énfasis y alcances generales del plan de fiscalización del año respectivo, oportunidad en la que, además, se dará cuenta del cumplimiento del año anterior.
De esta forma, la SVS revisará periódicamente el cumplimiento del plan de fiscalización, y evaluará permanentemente los procesos y programas de selección y de revisión in situ y remota. Lo que podrá ir sufriendo modificaciones, en función de la nueva información que se vaya recopilando.
Los supervisados
En el documento, el organismo además, precisó el ámbito y entidades a las que les resulta aplicable la supervisión:
- Oferta Pública de Valores
- Transacciones sobre valores de Oferta Pública
- Emisores de Valores de Oferta Pública
- Patrocinadores de la inscripción de valores extranjeros
- Intermediarios
- Entidades de infraestructura del mercado de valores
- Administradoras de fondos fiscalizados y carteras individuales
- Empresas de auditoría externa
- Entidades clasificadoras de riesgo
- Entidades inscritas en el registro especial de entidades informante
- Compañías de seguros
- Compañías de reaseguro nacionales
- Corredores de reaseguro
- Auxiliares del comercio de seguros
- Agente de venta
- Asesores previsionales
- Sistema de consultas y ofertas de montos pensión
- Otras entidades