El Octavo Juzgado Civil de Santiago acogió la demanda de cese gratuito de bien común y estableció la tenencia compartida de dos perros de raza shi tzu perteneciente a una pareja que actualmente está separada.
La magistrada Sylvia Papa Beletti acogió la acción presentada y estableció que las mascotas son de propiedad común de la expareja, por lo que fijó un régimen de tenencia, por tres meses, a cada parte.
"Que así las cosas, de lo señalado precedentemente, lo expuesto por el actor y de los documentos acompañados por las partes, en cuanto a los pagos de gastos de "Igor" y "Bambú", de los que se desprende que tanto el actor como la demandada han concurrido a ellos, se puede presumir que la propiedad de estos pertenece a ambas partes; concurriendo entonces el primero de los requisitos de la presente acción, esto es, la existencia de una cosa común", sostiene el fallo.
El tribunal también estableció que "no debe ni puede interpretarse únicamente en un sentido económico-patrimonial, sino en la posibilidad de disfrutar y gozar de las mascotas, en su sentido más amplio que incluye su compañía, así como su ámbito afectivo".
En este sentido, se indicó que "esta decisión se basa en la opinión de expertos que sostienen que 'los perros son seres que sienten y manifiestan sus emociones'".
Por otra parte, el fallo señala que la relación entre seres humanos y animales de compañía es "similar a una relación padre e hijo". Por lo tanto, "el responsable del animal de compañía considera a sus animales miembros de la familia, y describe el rol del animal en la familia como 'muy importante'".
"Que así las cosas, correspondiendo la propiedad de 'Igor' y 'Bambú' en comunidad al actor y a la demandada, resulta de toda justicia, que ambos puedan mantenerlos bajo su protección y cuidado compartido, por igual", concluyó.