Tras la primera lluvia de otoño, se espera un importante descenso en las temperaturas en distintas regiones del país. Con el fin de resguardar a los más pequeños del frío, el Ministerio de Educación establece una serie de exigencias mínimas para establecimientos educacionales.
El decreto 548 indica que los establecimientos educacionales deben cumplir con exigencias mínimas "que permitan que la labor educativa se desenvuelva en un marco físico adecuado".
Una de estas exigencias instaura que los establecimientos educacionales deben garantizar una temperatura mínima en sus aulas, lo que excluye los servicios higiénicos y patios. Esto según el nivel educacional y la ubicación, por lo que no rige para todo el país.
¿Cuáles son las temperaturas que deben tener los colegios?
- Educación Parvularia, una temperatura de 15º C en las zonas: andina, central interior del río Maipo al sur, sur litoral, sur interior y sur extrema.
- Educación Básica y Media, una temperatura de 12º C en las zonas: andina, central interior de los ríos Ñuble e Itata al Sur, sur litoral, sur interior y sur extrema.
- Hogares Estudiantiles, una temperatura de 15º C en las zonas: andina, central interior del río Maipo al sur, sur litoral, sur interior y sur extrema.
Si bien el reglamento establece que lo ideal es que se cumpla con estas temperaturas “mediante estrategias pasivas”, como el aislamiento térmico, pero también se puede usar ductos de calefacción u otros tipo de métodos que no pongan en riesgo a la comunidad educativa.
¿Cómo denunciar incumplimientos?
La Superintendencia de Educación detalló a T13.cl hace un año, que “si un integrante de la comunidad educativa informa a los directivos del establecimiento sobre problemas de calefacción en el local escolar, pero la situación persiste, puede ingresar una denuncia ante la Superintendencia de Educación”.
Esto se puede hacer en cada una de las oficinas regionales de atención ciudadana o en el sitio web de la Superintendencia de Educación.