Una exhaustiva campaña es la que ha emprendido el Instituto de Seguridad Laboral (ISL) para encontrar a los más de 18 mil empleadores que aún poseen una devolución de dinero vigente y que no han hecho el trámite para recuperar, en algunos casos, hasta 12 millones de pesos. 

A pesar de los constantes llamados a realizar la tramitación disponible desde el 1 de diciembre de 2015 que ha dispuesto la institución, aún quedan pendientes más de 5 mil pequeños y medianos empresarios en la Región Metropolitana y otros más 12 mil de regiones que no han concretado la gestión para recibir su devolución de excesos.  

En resumen, el Instituto de Seguridad Laboral busca devolver más de 3.900 millones que aún no han sido reclamados.

¿Cómo y dónde se cobran estos excedentes? ¿Existe algún plazo o requisito? Las respuestas a éstas y otras preguntas, a continuación.

¿En qué consiste la devolución de cotizaciones pagadas en exceso?

Este pago está destinado a los empleadores que, a través del Instituto de Seguridad Laboral, han contratado para sus trabajadores el Seguro Social Contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Entre las causales frecuentes por las cuales procede este tipo de devolución de cotizaciones se pueden identificar las siguientes:

a) Dobles pagos, originados por ejemplo cuando el empleador ha cancelado las cotizaciones para el mismo período de remuneración tanto al Instituto como a una mutual estando afiliado a esta última.

b) Tasa adicional mal aplicada o pagada en exceso.

c) Trabajador desvinculado o finiquitado sigue registrado en la planilla de pago.

d) Trabajador se encuentra con reposos laboral (licencia médica) el empleador paga las cotizaciones por ese periodo.

e) Entre otros.

¿Cuáles son los requisitos para cobrar los excedentes?

  • Cédula de identidad vigente de quien realiza la solicitud.
  • Fotocopia de carnet de identidad del empleador(a) o de su representante legal.
  • Poder notarial del empleador(a) o del representante legal, en caso que el solicitante no sea el empleador(a)
  • Datos solicitados en el Formulario de antecedentes para devolver cotización en exceso

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¿Quiénes pueden realizar el trámite?

  • Empleadores(as),
  • Un tercero, con poder notarial del empleador(a) o del representante legal.

¿Dónde se cobran los excesos?

Presencialmente, en las sucursales del Instituto de Seguridad Laboral o sucursales del Instituto de Previsión Social IPS-ChileAtiende.

En Sucursal

  • Reúne los antecedentes mencionados en el campo“documentos requeridos”.
  • Diríjete a una sucursal del Instituto de Seguridad Laboral.
  • Explica a la persona que te atienda, que quieres solicitar la devolución de cotizaciones pagadas en exceso.
  • Entrega los documentos y antecedentes requeridos.
  • Recibe el comprobante del trámite realizado.

Ver oficinas y horarios de atención ISL

Ver oficinas y horarios de atención IPS-ChileAtiende

Para tener en cuenta

-Incluir al socio(a) o dueño(a) de empresa en planilla de cotizaciones no es causal para solicitar devolución de pago en exceso, ya que esto indica que el socio(a) o dueño(a) cotiza voluntariamente como trabajador(a) independiente.

-El tope de años a considerar en el cálculo de cotizaciones a devolver en exceso es de 5 años contados hacia atrás desde que fue presentada la solicitud de devolución.

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