El Bono por Hijo es una ayuda económica otorgada por el Estado que busca incrementar la pensión de las mujeres que son madres en Chile.

Este beneficio consiste en la entrega de un determinado monto de dinero por cada hija o hijo que haya nacido vivo o que haya sido adoptado. En el ultimo caso, este beneficio se generará tanto para la madre biológica como para la madre adoptiva.

¿Cuáles son los requisitos para tener el Bono por hijo?

Para obtener este bono se deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser madre y tener 65 años de edad o más.
  • Tener cédula de identidad vigente. Si el trámite es realizado por un apoderada o apoderado, necesitará un poder notarial.
  • Residir en territorio chileno por un período de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que cumplió 20 años. Además, tienes que haber residido en Chile al menos cuatro años durante los últimos cinco años anteriores a la solicitud.

Junto con esto, las beneficiarias deben cumplir con alguna de las siguientes condiciones: 

  • Tener afiliación con una AFP y haber obtenido la pensión a partir del 1 de julio de 2009. (Si recibes un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), el monto podría verse afectado)
  • Ser beneficiaria de la Pensión Garantizada Universal (PGU).
  • Si no estás afiliada a un régimen previsional debes recibir una Pensión de Sobrevivencia (con Aporte Previsional Solidario de Vejez) otorgada por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS), a contar del 1 de julio de 2009.

 

Bono por hijo: ¿Cómo sé si recibo el beneficio? 

Para averiguar si tiene asignado el Bono por hijo, debes visitar la web de mi.chileatiende.gob.cl e ingresar tu RUT y fecha de nacimiento y el sistema te informará si puedes recibir el Bono por Hijo.

¿Cuánto es el monto del Bono por hijo? 

El monto de este aporte empieza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo y equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales (fijado para los trabajadores mayores de 18 años y hasta 65 años).

Se calcula de esta manera:

  • Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($165 mil).
  • Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes en que nació el hijo.
     
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