La Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó este miércoles el retiro de la totalidad de los ahorros previsionales de la profesora jubilada de Antofagasta, María Angélica Ojeda, el que había sido autorizado en junio por la Corte de Apelaciones de dicha ciudad, luego del recurso presentado por AFP Cuprum.
Entre las razones que se argumentan en el fallo, se señala que “el dinero existente en toda cuenta de capitalización individual posee, de manera general, a la luz del ordenamiento jurídico vigente, un destino único y exclusivo, limitado al otorgamiento de pensiones bajo una de las modalidades que contempla la ley”, recoge La Tercera.
En este sentido, se menciona que “el eventual estado de injusticia material en que se encontraría la recurrente no se deriva de la respuesta dada por la AFP recurrida, organización que ha ajustado su obrar a derecho, sino que del sistema previsional reglado por el Decreto Ley No 3.500 y sus disposiciones complementarias”.
Finalmente, se explica que lo anterior “deja en evidencia que la solución a tal disyuntiva pasa, precisamente, por la reforma o enmienda de dicho sistema previsional, asunto que, necesariamente, debe ser objeto de análisis en sede legislativa”.
María Angélica Ojeda recurrió a la justicia para pedir que su AFP le entregara el total de sus ahorros acumulados durante su vida laboral debido a que la pensión que recibe no le alcanza para pagar una deuda hipotecaria.