La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) reabrió la investigación y reformuló cargos contra la empresa ENAP al detectar nuevas infracciones en relación a las registradas en Quintero y Puchuncaví, región de Valparaíso.
La reapertura del caso obedece no sólo a nuevos antecedentes, sino que también a dos estudios solicitados por la SMA a la Universidad Católica (CITUC, Centro de Información Toxicológica y DICTUC, Dirección de Investigación Científicas y Tecnológicas), uno toxicológico y otro sobre calidad del aire.
Este último, analizó como nueva arista investigativa las acciones realizadas por la empresa durante la descarga, almacenamiento y posterior drenaje de crudo iraní, hechos que se vinculan a la emergencia ambiental ocurrida en 2018, en las comunas de Quintero y Puchuncaví.
Cristóbal de La Maza, superintendente de Medio Ambiente, explicó que el informe toxicológico permitió establecer que los síntomas observados durante la emergencia pueden asociarse a distintos compuestos presentes en el Terminal Marítimo.
Reformulación de cargos
En cuanto a la reformulación, el cargo principal y clasificado como gravísimo corresponde a la elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) por la aplicación de formaldehído como secuestrante y posterior drenaje de aguas oleosas en el Terminal de Quintero con este compuesto, sin autorización ambiental.
A esto se añade un segundo cargo gravísimo por no informar sobre estas acciones durante las actividades de fiscalización realizadas por la SMA.
Respecto al cargo grave, se utilizó el sistema de tratamiento en condiciones distintas a lo aprobado en su Resolución de Calificación Ambiental (RCA), en el marco de la mantención de los estanques T-5104 y T-5109, lo que se traduce en el vertimiento de fluidos con una caracterización distinta a la aprobada; eficiencia de remoción inferior a lo comprometido en la evaluación ambiental; vertimiento de un volumen de fluidos en contravención al diseño del sistema de tratamiento, mediante camiones de vacío; y vertimiento de fluidos en un lugar distinto al estanque de distribución, en el sistema de tratamiento del Sector Remodelación.
A lo anterior, se agregan 4 cargos leves por no informar a las autoridades sobre el cambio de generación de Riles en el Terminal Marítimo, capacidad de estanques de almacenamiento sobre la autorizada ambientalmente, no proporcionar resultados de monitoreo de Hidrocarburos Aromáticos Policíclicos (HAP) en la fauna bentónica y, superación del límite máximo permitido de descarga al mar para el parámetro hidrocarburos volátiles en julio de 2017.