El Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), desde 2013 a julio de 2018, ha recibido 47 solicitudes de siembra de cannabis, de las cuales solo ocho fueron autorizadas por el organismo tras cumplir una serie de requisitos.

Las solicitudes que se presentan al SAG se deben hacer por escrito y con los antecedentes exigidos por el la Ley 20.000, decreto N° 867 del Ministerio del Interior. 

Según datos entregados por el servicio a T13.cl entre los años 2013 y 2014 se presentaron 10 solicitudes de siembra. Solo fueron aceptadas dos presentadas por Fundación Daya y la Sociedad Agrofuturo. Entre 2015 y 2016 se presentaron 29 solicitudes, de las que fueron aceptadas cuatro correspondientes a Alef Biotechnology (2015), Agrícola Fina (2015) y dos de Fundación Daya, una de cada año. 

Desde el 2017 hasta julio de este año se tiene registro de ocho presentaciones. El año pasado solo se aceptó la solicitud de Dayacann y este año una de Neobiotec. 

Ana María Gazmuri, directora ejecutiva de Fundación Daya explicó a T13.cl que "una vez presentada, la solicitud es evaluada en sus aspectos sanitarios por el Instituto de Salud Pública y, en relación a la seguridad, por el Ministerio del Interior, quienes informan al SAG sobre la factibilidad del proyecto".  

Aseguran que "al ser la primera organización en obtener un permiso de cultivo en 2014, tenemos una ventaja temporal y en experiencia al continuar con la línea de trabajo trazada inicialmente". 

"Existen alrededor de cuatro empresas que han solicitado y obtenido permisos de cultivo por parte del SAG, dejando su implementación sujeta a la existencia de un laboratorio propio o poseer un convenio con un laboratorio externo, para el procesamiento y desarrollo de los fármacos a estudiar. Creemos que quizás la inexistencia de esos convenios explica el por qué no se han iniciado aún esos cultivos, hasta nuestro conocimiento", detalla Gazmuri.

Junto con eso, esperan que "haya nuevas autorizaciones de actores locales y extranjeros, que están aterrizando en nuestro país. Esta es una realidad mundial que avanza aceleradamente en un número creciente de países y Chile ofrece un clima idóneo que ciertamente atrae el interés de la industria internacional, por lo que es de esperar que se multipliquen este tipo de proyectos".

Los primeros cultivos de Daya

El primer cultivo de la fundación se realizó en la Municipalidad de La Florida y los dos siguientes en Quinamávida, Colbún.

"Posteriormente, DayaCann SpA —empresa conformada entre Fundación Daya y AusCann (Australia)— consiguió un cuarto permiso, el cual permitió elevar los estándares de producción y desarrollar nuevos proyectos", indica Gazmuri.

Gazmuri contó que "uno de los estudios clínicos en curso —y pronto a finalizar— está enfocado en el manejo del dolor en pacientes oncológicos, junto a la Municipalidad de La Florida. También estamos a punto de iniciar otro estudio clínico en pacientes con epilepsia refractaria". 

¿Cómo se debe hacer la solicitud ante el SAG?

Éstas se deben presentar con un mínimo de cuatro meses antes del inicio de la siembra, plantación, cultivo o cosecha y deberá contener la siguiente información: 

  • Completa individualización del solicitante, esto es, nombres y apellidos, nacionalidad, estado civil, profesión o actividad, domicilio, lugar y fecha de nacimiento, número de la cédula de identidad y del Rol Único Tributario
  • Ubicación y denominación del predio, si la tuviere; superficie y deslindes del mismo; rol de avalúo para el pago de contribuciones territoriales; inscripción en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces
  • Exacta ubicación del terreno y superficie en que se proyecta efectuar el cultivo
  • Fecha en que se efectuará la siembra; género, especie y variedad del cultivo; cantidad del material de reproducción que se propone emplear y proveedor del mismo; período y cantidad estimados de cosecha;
  • Destino que se pretende dar al producto cosechado y antecedentes del contrato respectivo, si ya se hubiere celebrado

¿Cuáles son los documentos que se deben adjuntar? 

En la página web del SAG (puedes revisar haciendo clik AQUÍ), se detalla que la solicitud detallada anteriormente debe ser acompañada de los siguientes documentos. 

  • Certificado de dominio vigente y de pago de contribuciones al día
  • Autorización otorgada por el dueño del predio y copia del título en virtud del cual el solicitante lo explota, los que deberán ser suscritos ante Notario
  • Plano en que aparezca debidamente delimitado el terreno en que se desea efectuar el cultivo
  • Declaración jurada acerca del cierro que se utilizará y de la forma en que se procederá a la destrucción de rastrojos una vez concluida la cosecha
  • Si se tratase de sociedades deberá acompañarse la copia de sus títulos, con certificado de vigencia
  • En el caso de comunidades hereditarias deberá acompañarse copia autorizada de la inscripción del decreto judicial o resolución administrativa que concede la posesión efectiva y de la especial de herencia con certificado de vigencia
  • Tratándose de asociaciones distintas de las anteriores, se acompañará el título que la origine y la individualización de sus integrantes. Si careciere de pacto escrito, la individualización completa de los asociados deberá hacerse por medio de una declaración jurada ante Notario
  • En los tres casos anteriores deberá agregarse una relación completa de los socios, directores, administradores o de los miembros de las asociaciones o comunidades, salvo el caso de las sociedades anónimas, en la que se incluirá, además, a las personas encargadas directamente del cultivo, con expresa mención de este hecho

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