El Presidente Sebastián Piñera promulgó la ley que permite que los ciudadanos puedan retirar hasta el 10% de sus ahorros previsionales para enfrentar la crisis económica derivada de la pandemia del nuevo coronavirus COVID-19. 

En ese sentido, la Superintendencia de Pensiones (SP) ya entregó un instructivo sobre cómo deberá realizarse el proceso de devolución.

En dicho instructivo, la Superintendencia expone que, entre otras cosas, “los fondos retirados se considerarán inembargables para todo efecto legal y no serán objeto de retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa, por parte de entidades financieras o cualquier otra, así como tampoco afectos a impuestos, salvo las excepciones de pensión alimenticia y compensación por divorcio”.

Acerca de esto último, si las personas que reciben este monto mantienen una deuda por pensión alimenticia, ¿se les va a descontar automáticamente?

En conversación con el programa Bienvenidos de Canal 13, el gerente general de la Asociación de AFP, Fernando Larraín, comentó este viernes que “esto ha sido muy rápido y por lo tanto, como somos entidades reguladas y normadas, estamos esperando la instrucción completa por parte de la Superintendencia de Pensiones. Nosotros vamos a poder entregar toda la información posible la cantidad de veces que sea necesario”.

[VIDEO] Retiro de pensiones: ¿Qué pasa con quienes mantienen deudas por pensión alimenticia?

“Nosotros entendemos efectivamente que en el caso de pensión alimenticia esto se va a descontar y en los casos de divorcio también. Aquí también hay que resguardar las familias respecto de esto y los compromisos que tengan las personas en esa línea”, agregó.

Destacar que el Senado aprobó este inciso, también informado por la Superintendencia, sin especificar cuál será el porcentaje.

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