El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones puso en marcha, este lunes, la restricción vehicular permanente que regirá en nuestro país hasta el 31 de agosto, por las malas condiciones del aire en la región Metropolitana y la poca ventilación que recibe la capital durante el otoño y el invierno.

La restricción vehicular afecta a los vehículos motorizados, dependiendo del año de fabricación y al tipo de vehículo.

La medida regirá entre las 07:30 y las 21:00 horas de lunes a viernes, con posibilidad de aplicarse durante los fines de semana, dependiendo de los episodios decretados por el Ministerio de Medio Ambiente.

En este año, la restricción vehicular comenzará a aplicarse el lunes 2 de mayo con los dígitos 0 y 1, mientras que el martes seguirá con el 2 y 3, el miércoles 4 y 5jueves 6 y 7, y el viernes con el 8 y 9.

Multas

Las multas por no cumplir con la medida podrán ser cursadas por el sistema automatizado de cámaras de fiscalización del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, aunque también por controles aleatorios en las calles.

Las multas irán desde 0,5 UTM hasta 1,5, es decir, con los valores actuales serían de 28 mil pesos hasta 85 mil pesos aproximadamente.

El infractor podrá pagar esta multa por internet o concurrir a la Tesorería Municipal, reducido su valor a 1 UTM hasta el día anterior a la fecha de citación al Juzgado de Policía Local.

En caso contrario, se denunciará la infracción al Juzgado de Policía Local competente, debiendo el infractor concurrir a pagar la multa al Tribunal por su valor total (1,5 UTM).

Revisa este video también:
Publicidad