En condiciones de convertirse en ley de la República quedó el proyecto que precisa la infracción por estacionar en un espacio destinado a vehículos para personas con discapacidad, sin tener derecho a ello.

La moción, respaldada por unanimidad, precisa dicha falta y unifica criterios, hasta ahora distintos, contenidos en las leyes de igualdad e inclusión social de personas con discapacidad y del tránsito, para sancionar el estacionarse en un lugar destinado exclusivamente para personas con discapacidad.

En efecto, uno califica como infracción o contravención grave "usar indebidamente estacionamientos exclusivos para personas con discapacidad"; mientras que la otra determina como menos grave "estacionar en un espacio destinado a vehículos para personas con discapacidad, sin derecho a ello".

La diferencia de calificar como graves o menos graves estas conductas, radica en que las infracciones o contravenciones graves, tienen multas de 1 a 1,5 UTM (entre 49 mil y 73 mil pesos aproximadamente) y las menos graves, oscilan entre 0,5 y 1 UTM (entre 24 mil y 49 mil pesos).

Para resolver el punto, el proyecto -de autoría de los diputados de Evópoli Francisco Undurraga, Luciano Cruz-Coke y Pablo Kast- arraiga la sanción solo a la disposición que la define como una falta grave, por lo que ahora los infractores deberán cancelar entre 1 y 1,5 UTM.

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