En medio de la pandemia de coronavirus, una de las medidas anunciadas por el Gobierno para mejorar la economía fue el Ingreso Familiar de Emergencia Laboral (IFE Laboral), beneficio que va en ayuda de todas las personas que tienen contrato formal entre agosto y diciembre 2021.
En caso de ser mujer, persona con discapacidad o mayor de 55 años, el monto puede llegar hasta con $250 mil. En tanto, para los hombres, se puede retirar hasta $200 mil.
Cabe recordar que, al momento de postular las personas deben adjuntar su contrato de trabajo, y acreditar que tienen un sueldo bruto no superior a $1.011.000.
La postulación para el tercer y penúltimo IFE Laboralcomenzó el pasado 01 de noviembre y está destinado para todas las personas que firmen contrato laboral entre el 01 de octubre y el 30 de noviembre, siempre que no sea en una empresa u organización del sector público.
El trámite está disponible en el sitio web www.subsidioalempleo.cl, en donde se requiere contar con Clave Única para iniciar la postulación y adjuntar el contrato de trabajo, entre otros aspectos.
Este beneficio es compatible con el IFE Universal, el Ingreso Mínimo Garantizado, el Subsidio Protege, el Bono Trabajo Mujer (BTM), el Subsidio Empleo Joven (SEJ) y la reducción temporal de la jornada de trabajo de la Ley de Protección del Empleo.
¿Cuáles son los requisitos?
Los requisitos que se deben cumplir son los siguientes:
- Tener un nuevo contrato de trabajo (en el mes en curso o máximo el mes anterior a la postulación).
- Tener una remuneración mensual bruta menor o igual a 3 ingresos mínimos mensuales ($1.011.000).
- Haber estado cesante al menos un mes antes de haber comenzado el nuevo contrato de trabajo por el que se postula al beneficio.
Pero, ¿Cuándo recibirás el IFE laboral?
Si el postulante hace su registro entre el 01 y el 30 de noviembre, obtendrá su pago a partir del 1 de enero de 2022. En tanto, quienes postularon entre el 1 de septiembre y 31 de octubre, obtendrán su beneficio el primer día del mes de diciembre.
Finalmente, si el trabajador hizo su postulación entre el 1 de noviembre y 31 de diciembre, tendrán el beneficio a partir del 1 de febrero del próximo año.
Si el contrato inicia: | Postule entre: | Pago: |
Entre el 1 de agosto y el 30 de septiembre | 1 y 30 de septiembre | A partir del 1 de noviembre de 2021 |
Entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre | 1 y 31 de octubre | A partir del 1 de diciembre de 2021 |
Entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre | 1 y 30 de noviembre | A partir del 1 de enero de 2022 |
Entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre | 1 y 31 de diciembre | A partir del 1 de febrero de 2022 |