Este 1 de enero de 2020 comenzó a regir la tercera etapa de la Ley SANNA que faculta a los padres y madres de menores de edad que padezcan alguna enfermedad terminal para que puedan acompañar a sus hijos, mediante la obtención de licencias médicas.
"Sin duda alguna ésta es una muy buena noticia para las familias, quienes podrán tener su preocupación puesta completamente en acompañar a sus hijos o hijas en un momento tan delicado en sus vidas, lo que constituye una garantía para estas familias”, dijo el subsecretario de Previsión Social Pedro Pizarro.
La normativa que data de 2018 puso en marcha su última etapa de implementación. En la primera, se otorgó la cobertura a todos los padres y madres de los menores de edad diagnosticados de cáncer, mientras que tiempo después se incorporaron los casos de los niños y niñas que necesitan trasplantes de órganos sólido y de progenitores hematopoyéticos.
Para acceder a este beneficio, el médico tratante debe emitir una licencia médica respecto a esta condición grave de salud, la que debe ser certificada por un médico tratante a través de un informe complementario SANNA y ratificada por la persona del área médica o responsable institucional. Cada 90 días, se puede otorgar un nuevo permiso tras la emisión de un informe debidamente fundado que cuente los motivos de esta decisión.
La ministra del Trabajo y Previsión Social María José Saldivar detalló que desde el inicio de la ley se han aprobado 938 casos, los que han generado más de 5.000 licencias.
“Sin duda ha sido muy importante para los padres y madres de muchas familias, que han podido estar junto a sus hijos en momentos difíciles y que ahora los podrán acompañar en caso de enfermedades terminales. Creemos que es fundamental que ellos puedan estar juntos, para poder entregar el cuidado y el cariño que tanto necesitan y que es irremplazable”, expresó la secretaria de Estado.