De forma unánime el Senado aprobó este martes el proyecto de ley de protección a la lactancia materna, la que quedó lista para ser promulgada y convertirse en ley.
La normativa, que se aprobó sin realizarle cambios a lo que había realizado la Cámara de Diputados en el segundo trámite constitucional, establece puntos clave que apuntan a asegurar la lactancia materna como un derecho de los niños y que también establece multas para quienes incumplan ese derecho.
Los puntos centrales de la ley apuntan a lo siguiente:
1. La lactancia es un derecho de la niñez
La iniciativa legal establece como un "derecho preferente del hijo ser amamantado directamente por su madre", por lo que se protege la alimentación por esta vía de los menores de dos años.
En este punto además se permite la donación voluntaria de leche materna "para uso o beneficio de los recién nacidos que no tengan posibilidad de ser alimentados por su propia madre, o en casos en que la leche producida por la madre constituya un riesgo para la salud del lactante".
La ley deja en claro que en ningún caso la donación se hará de forma directa. Además se agrega que las mujeres también podrán donar su leche para investigaciones universitarias e instituciones públicas, "que no podrán hacer uso comercial de sus resultados".
2. Derecho al amamantamiento libre
Las madres podrán amamantar a sus hijos en cualquier lugar, sin que se las deba sancionar por hacerlo. La normativa aprobada en el Congreso establece además en su Artículo 2 que las mujeres podrán contar "con el apoyo y colaboración del padre cuando fuere posible sin que pueda imponérseles condiciones o requisitos que exijan ocultar el amamantamiento o restringirlo". Este punto agrega que en "ningún caso" se les podrá cobrar a las mujeres que amamantan.
En cuanto a la existencia de salas especiales para la lactancia, su uso "será siempre voluntario para las madres", y deberán contar con las condiciones debidas de higiene, comodidad y seguridad.
3. Sanciones
En tanto, también se establecen sanciones para "cualquier discriminación arbitraria que cause privación, perturbación o amenaza" a los derechos establecidos en la ley.
Las multas para quienes sean sancionados van desde 1 a 4 UTM, es decir, pueden llegar a una cifra cercana o superior a los $ 193 mil, la que será determinada por el juzgado de policía local respectivo.
En otro punto, la normativa también permite la difusión de campañas que promuevan la lactancia materna y los beneficios para los menores de dos años.