A partir del este jueves 30 de abril, los trabajadores que hayan visto suspendidos sus contratos de trabajo a causa de la pandemia del COVID-19, y cuyos empleadores se hayan acogido a la Ley de Protección del Empleo -y sus solicitudes hayan sido aceptadas- comenzarán a recibir sus pagos por parte de AFC Chile.
Según explicaron, la fecha de pago de cada trabajador dependerá de dos factores: la fecha en que dejó de cumplir sus funciones y el día en que su empleador completó la solicitud.
Cada trabajador recibirá un correo electrónico por parte de AFC Chile informando la fecha de pago.
Calendario de pagos
Fechas de cierre (solicitudes realizadas por el empleador hasta esta fecha) | Fechas de pago |
23 de abril/suspensión laboral en marzo | 30 de abril |
29 de abril/suspensión laboral en marzo | 7 de mayo |
8 de mayo | 15 de mayo |
14 de mayo | 22 de mayo |
22 de mayo | 29 de mayo |
29 de mayo | 5 de junio |
5 de junio | 12 de junio |
12 de junio | 19 de junio |
19 de junio | 26 de junio |
25 de junio | 3 de julio |
3 de julio | 10 de julio |
9 de julio | 17 de julio |
17 de julio | 24 de julio |
24 de julio | 31 de julio |
31 de julio | 7 de agosto |
7 de agosto | 14 de agosto |
14 de agosto | 21 de agosto |
21 de agosto | 28 de agosto |
28 de agosto | 4 de septiembre |
4 de septiembre | 11 de septiembre |
10 de septiembre | 17 de septiembre |
17 de septiembre | 25 de septiembre |
Eso sí, aclararon que para que se cumpla este calendario, el empleador debe subir correctamente la nómina de trabajadores suscritos a pacto al menos 10 días antes del cumplimiento del mes, para recibir respuesta dentro de los siguientes 4 días hábiles (aprobación, rechazo por forma o requisito).