La nueva Ley de Cumplimiento Tributario en Chile trae cambios significativos en la transparencia de las transferencias bancarias y la lucha contra la informalidad económica. Uno de sus medidas más conocidas es la conocida como el límite de las "50 transferencias".

Aunque las modificaciones no aumentarán la carga tributaria de los contribuyentes, sí establecerán nuevas obligaciones para los bancos.

Lo anterior, ya que los organismos anteriores deberán reportar al Servicio de Impuestos Internos (SII) cuando un individuo reciba 50 o más transferencias de distintos emisores en un solo día, semana o mes.

El objetivo de esta normativa es incrementar la fiscalización y reducir la informalidad, sin afectar la carga impositiva actual.

Para ello, las instituciones bancarias deberán entregar esta información al SII semestralmente, señalando los montos totales de las transferencias.

Según indica la norma, “la información deberá ser remitida al Servicio de manera semestral dentro de los meses de julio y enero respecto del semestre inmediatamente anterior”, teniendo como fecha de partida en enero de 2025 respecto del segundo semestre de 2024.

Detalles de la que pone el límite de las "50 transferencias"

Este informe se empleará para focalizar mejor las revisiones fiscales, y si en tres años no es necesario para acciones de fiscalización, la información será eliminada de los sistemas del SII.

Según detalla el mismo Gobierno en su sitio web, la ley también incluye nuevas disposiciones para combatir la informalidad en sectores específicos.

Estas medidas incluyen la obligación de inicio de actividades para quienes operan portales de pago o comercio digital, la ampliación de clausuras para plataformas digitales que permitan ventas ilegales.

A todo lo anterior se suma además la posibilidad de solicitar al SII el comiso de bienes que se transporten sin cumplir obligaciones tributarias.

En el caso de importaciones menores a $500 dólares, la ley sigue permitiendo su entrada sin aranceles, mientras que el SII podrá exigir trazabilidad en ciertos bienes donde la informalidad es común, con costos cubiertos por el Estado.

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