Este viernes, se conoció que el Presidente Gabriel Boric indultó a 13 personas, entre ellas, el exmiembro del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR), Jorge Mateluna Rojas.
En esa línea, los indultos son una facultad que tiene el Presidente de la República y que está consagrada en la Constitución, amparada en razones humanitarias y posibles errores de la justicia.
Las normas para concederlos son regidos en base al artículo 32, N° 14 de la actual Constitución y la Ley 18.050, quedando excluidos los delitos terroristas.
Eso sí, el otorgamiento del indulto a una persona no quita su carácter de condenada y, por tanto, no elimina los antecedentes penales. También se exige que la condena se encuentre firme y ejecutada y que no se encuentren procesos en contra.
¿Cuántos tipos de indulto existen?
Existen dos tipos de indultos presidenciales: uno general y otro particular.
El indulto general se aplica a un grupo de condenados y solo puede ser concedido a través de una ley aprobada por el Congreso.
Mientras que el indulto particular es aquel que otorga el Presidente de la República a un condenado sin aprobación del congreso.