Esta tarde la Presidenta Michelle Bachelet decretó estado de excepción constitucional de catástrofe para las provincias de Colchagua y Cardenal Caro en la Región O’Higgins, y las comunas de Cauquenes y Vichuquén en la Región del Maule producto de los incendios forestales que afectan dichos lugares y que amenazan sectores poblados.

En T13 te contamos qué implica el estado de emergencia.

De acuerdo a la ley Orgánica Constitucional de los Estados de Excepción, durante un Estado de Catástrofe el Presidente de la República puede decretar las siguientes medidas: 

  • Restringir las libertades de locomoción y de reunión
  • Disponer requisiciones de bienes
  • Establecer limitaciones al ejercicio del derecho de propiedad
  • Adoptar todas las medidas extraordinarias de carácter administrativo "que sean necesarias para el pronto restablecimiento de la normalidad en la zona afectada”.

De acuerdo a lo explicado por el ministro del Interior, Mario Fernández, las labores de orden público y seguridad serán asumidas por generales de Ejército de la zona, las que “deben coordinarse con la autoridad civil del gobierno, intendentes y gobernadores”.

Fernández además indicó que en este caso “trae consigo emergencia agrícola, una delimitación, las personas afectadas son beneficiadas con ayuda cuando se haga un acopio de cuáles son las pérdidas y el Estado puede ir en ayuda de esas personas”.

¿Qué medidas pueden tomar las autoridades de defensa?

El jefe de la Defensa Nacional designado tendrá los siguientes deberes y atribuciones:

  • Ordenar el acopio, almacenamiento o formación de reservas de alimentos, artículos y mercancías que se precisen para la atención y subsistencia de la población en la zona y controlar la entrada y salida de tales bienes.
  • Determinar la distribución o utilización gratuita u onerosa de los bienes referidos para el mantenimiento y subsistencia de la población de la zona afectada.
  • Establecer condiciones para la celebración de reuniones en lugares de uso público.
  • Impartir directamente instrucciones a todos los funcionarios del Estado, de sus empresas o de las municipalidades que se encuentren en la zona, con el exclusivo propósito de subsanar los efectos de la calamidad pública.
  • Difundir por los medios de comunicación social las informaciones necesarias para dar tranquilidad a la población.
  • Dictar las directrices e instrucciones necesarias para el mantenimiento del orden en la zona

Transcurridos 180 días desde la declaración de estado de catástrofe, el Congreso tiene la facultad de dejar sin efecto tal declaración, si es que las razones que la motivaron hubieren cesado en forma absoluta.

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