La Corte Suprema ordenó al Fisco indemnizar a un hombre por concepto de daño moral, luego de las consecuencias psicológicas que arrastró por un error cometido por el Hospital Militar de Santiago: el diagnóstico de un cáncer que nunca existió.
Los hechos se remontan a diciembre de 2017, cuando Pablo Gálvez, oficial retirado del Ejército, de 53 años, ingresó por un cuadro de dolor abdominal, fiebre e ictericia, compatible con colecistitis aguda y probable colangitis. Tras confirmar la sospecha, se le realizó una colecistectomía, es decir, se le extrajo la vesícula biliar.
En un siguiente estudio, de acuerdo con los detalles a los que accedió Radio Biobío, se le observaron en el hígado múltiples nódulos de hasta cinco milímetros, tomándose muestra de uno de ellos para biopsia.
El 9 de febrero de 2018 los resultados se presentaron al Comité Oncológico y, sumado a otros exámenes, el 2 de marzo de ese año se concluyó que se trataba de un colangiocarcinoma intrahepático de mediana agresividad, es decir, cáncer de hígado.
Tras comunicarle el diagnóstico al afectado, una oncóloga determinó iniciar el tratamiento de quimioterapia. Gálvez realizó la primera sesión el 28 de marzo, la segunda el 18 de abril y la tercera el 10 de mayo.
El 1 de junio, luego de tres ciclos de tratamiento, la oncóloga presentó nuevamente el caso al Comité Oncológico. En esa ocasión, uno de los cirujanos confirmó que macroscópicamente las lesiones eran a nivel subcapsular y menores a 0,5 cm, de acuerdo con el citado medio, antecedente utilizado para revisar la biopsia por haber mérito de un diagnóstico diferencial.
De esta manera, un tercer especialista revisó el informe de biopsia elaborado en diciembre de 2017 y constató que las lesiones eran atribuibles a la enfermedad de enfermedad de Von Meyenburg, o hamartomatosis biliar múltiple, condición similar a la del primer diagnóstico, pero menos grave.
Así, se suspendió la quimioterapia y el 11 de junio le informaron al militar en retiro que su enfermedad no era cáncer.
A siete años de este caso, la Corte Suprema estableció que el Hospital Militar incurrió en un mal diagnóstico y le dio un tratamiento erróneo a Gálvez, hechos que ocasionaron un serio daño emocional en la familia, con consecuencias que se mantienen hasta el día de hoy, advierte la publicación.
Es por eso que el Tribunal ordenó al Fisco pagar por concepto de daño moral 40 millones de pesos a Pablo Gálvez, $20 millones a su mujer y $10 millones a uno de sus hijos.