El pasado 11 de septiembre, con su publicación en el Diario Oficial, entró en vigencia la Ley 21.601, que establece la obligatoriedad del grabado de letras y dígitos de la placa patente en los vidrios y espejos laterales del vehículo, modificando la Ley de Tránsito para prevenir la venta de autos robados y sancionar conductas tendientes al comercio ilegal de sus accesorios.
En efecto, la Ley 21.601 incorpora un nuevo inciso, señalando que los vehículos motorizados deberán contar con su placa patente única grabada de forma permanente en sus vidrios —laterales, parabrisas y luneta trasera— y espejos laterales.
¿Cómo debe ser el grabado de patente para cumplir con la ley y pasar la revisión técnica?
El grabado debe ser permanente, entendiéndose como aquel que desgasta la superficie del vidrio y no puede ser borrado.
- Formato: las letras y los dígitos grabados en vidrios deben tener entre 7 y 10 milímetros de altura. Las letras deben ser en mayúscula y estilo normal (no cursiva ni negrita). Las letras y dígitos grabados en espejos laterales deben tener entre 5 y 10 milímetros de altura, también en mayúscula y estilo normal.
- Orientación: deben grabarse para que su lectura sea horizontal desde el exterior del vehículo y ésta debe ser de izquierda a derecha.
- Ubicación: en los vidrios laterales, el grabado debe efectuarse en el vértice inferior derecho desde el punto de vista de un observador externo y sin obstaculizar la lectura de otra información que pueda haber contenida en esa zona. En el parabrisas, el grabado debe efectuarse en el vértice inferior derecho desde el punto de vista de un observador externo, si interferir la lectura del VIN (número de identificación vehicular) u otra información que deba ser exhibida. En la luneta trasera, el grabado debe efectuarse en el vértice inferior derecho desde el punto de vista de un observador externo. En los espejos laterales, el grabado se debe efectuar paralelo al suelo y siguiendo el borde inferior o superior sin interferir en su función.
En aquellos vehículos motorizados que cuenten con más de seis vidrios (parabrisas, laterales y luneta trasera), se debe efectuar el grabado en al menos seis vidrios. En caso de buses o minibuses, uno de los seis vidrios grabados debe ser el parabrisas.
El cumplimiento de estas obligaciones será verificado en las revisiones técnicas, además de fiscalizaciones realizadas por Carabineros, inspectores fiscales y municipales.
“La entrada en vigencia de este reglamente es una vez que sea publicado en el Diario Oficial, luego de que la Contraloría General de la República tome razón de ello”, recordó el capitán Rodrigo Herrera, del departamento SEBV de Carabineros.