La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó, este jueves, un proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo en materia de participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas en las cuales se desempeñan, y obligará a los empleadores a pagar gratificaciones.

El objetivo del proyecto presentado en la sala por el diputado PPD Tucapel Jiménez, es mejorar la distribución de la riqueza en nuestro país.

La enmienda al Código del Trabajo define las entidades que pasarán, obligatoriamente, a entregar una gratificación anual a sus trabajadores. Se incluyen en el listado los establecimientos mineros, industriales, comerciales o agrícolas. Asimismo, comprende a las empresas y cualquier actividad con fines de lucro. De igual modo, están incluidas las cooperativas que están obligadas a llevar libros de contabilidad y que obtengan utilidades o excedentes líquidos en sus giros.

La gratificación se ajustará a ciertos porcentajes de las utilidades o excedentes de las compañías. Un 8 por ciento irá a los trabajadores para aquellas empresas que tengan una facturación anual igual o superior a 2.400 UF e inferior a 25 mil UF. Un 10%, para aquellas que tengan una facturación anual igual o superior a 25 mil UF e inferior a 100 mil UF; y un 15%, para aquellas que tengan una facturación anual igual o superior a 100 mil UF.

La utilidad líquida a repartir se dividirá por partes iguales entre la totalidad de los trabajadores con derecho a ella. De todos modos, el máximo por trabajador equivaldrá a la suma de veinte ingresos mínimos mensuales.

No aplicará esta obligación para las empresas con menos de dos años de operaciones, registradas en el Servicio de Impuestos Internos, y tampoco aplicará respecto del personal que esté dotado de facultades generales de administración.

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