Hasta hoy las empresas de telecomunicaciones no tenían la obligatoriedad de notificar a las y los consumidores la existencia de otros planes de telefonía móvil, internet o tv cable más económicos. Y es que en algunos casos estos planes, siendo similares al contratado, son considerablemente más baratos, incluso siendo de la misma compañía.

Esta situación va a cambiar pronto con la promulgación de la Ley 21.708, cuya publicación en el Diario Oficial se concretaría entre el 14 y el 18 de noviembre para entrar en vigencia.

Sin embargo, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), encargado de fiscalizar su cumplimiento de acuerdo a lo establecido durante su tramitación, informó que desde ya oficiará preventivamente a las principales compañías de telecomunicaciones para que comiencen a ejecutar lo mandatado por la ley, desde el día uno de su promulgación.

Destacar que esta es una modificación a la Ley del Consumidor y establece que “los proveedores de servicios de telecomunicaciones deberán informar, a su costo, la existencia de planes que sean objetivamente mejores para el usuario, esto es, uno o más servicios al mismo precio o a un precio inferior, o los mismos servicios a un precio inferior”, según indica el Sernac en su sitio oficial.

En ese sentido, cada empresa de telecomunicaciones deberá incluir en cada boleta asociada a la facturación de un cliente, información sobre planes que sean igual o más baratos que el plan actual, en condiciones similares.

Esto deberá ser informado en la boleta, indistintamente ésta se envíe por correo electrónico, físicamente o para el acceso que cada cliente tiene en su información de plan en el sitio web.

Modificación para empresas de telecomunicaciones: así funcionará la nueva normativa

Por ejemplo, si una persona hoy paga 20 mil pesos por un plan contratado en 2021, que tiene datos limitados a 500GB, pero en la boleta correspondiente al mes de diciembre ya habría un plan equivalente (500GB) a 10 mil pesos, éste último deberá ser informado (misma prestación, menor precio).

También aplicaría si por 20 mil pesos ahora existiese un plan que ya no sólo tenga un límite de 500GB, sino que sea ilimitado y además incluya minutos libres (mismo precio, más prestaciones).

Además, detalla el Sernac, la normativa también específica que los proveedores de servicios de telecomunicaciones deberán mantener actualizada la información sobre planes y precios en su página web y aplicaciones.

Finalmente, las empresas deberán promover todas las condiciones para que el usuario pueda ejercer su derecho de cambio de plan y no podrán cobrar multa o recargo por ello.

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