A las 00:00 de este sábado 18 de mayo, el Servicio Electoral (Servel) dio a conocer el listado de vocales de mesa para las elecciones primarias para definir quiénes irán como candidatos a alcaldes y gobernadores regionales.

¿Cómo saber si soy vocal de mesa?

Para revisar si eres vocal de mesa para las Elecciones 2024, puedes consultarlo a partir de este sábado 18 a través de la página web del Servel, realizando estos pasos:

  • Ingresa al sitio web de consulta.servel.cl
  • En la página, ingresa tu RUT, sin puntos, con guion y el dígito verificador. 
  • Ahí informarán tu local de votación y podrás revisar si eres vocal de mesa. 

Entre el 20 de mayo y el 23 del mismo mes se extenderá el plazo para presentar excusas ante las Juntas Electorales. 

Después de esto, el 25 de mayo se publicará la nómina de vocales reemplazantes, para las elecciones que se realizarán el 9 de junio

Quienes no concurran sin haberse excusado, incurren en una infracción electoral, que es sancionada con una multa a beneficio municipal que va desde 2 a 8 U.T.M, es decir, desde 125 mil a 500 mil pesos aproximadamente.

 

¿Cuáles son las causales de excusa para ser vocales de mesa?

El plazo para quienes salgan vocales de mesa se excusen es entre el 20 hasta el 23 de mayo, siempre y cuando cumplan con alguno de los siguientes requisitos: 

  • Estar comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45, o haber sido designado miembro del colegio escrutador. 
  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la junta. 
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las mesas, otras funciones que encomiende esta ley. 
  • Tener más de 70 años de edad. 
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, lo que deberá ser acreditado con certificado de un médico. 
  • Cumplir labores en establecimiento hospitalarios en los mismo días en que funcionen las mesas receptoras, lo que deberá acreditarse mediante un certificado del director del respectivo establecimiento de salud. 
  • Tratarse de personas gestantes durante todo el período de embarazo, acreditado mediante documento extendido por el establecimiento de salud donde se realice el control del mismo o un certificado médico. También se considerará dentro de esta causal al padre o madre de un hijo o hija menor de dos años al día en que funcionen las mesas receptoras, acreditado con el correspondiente certificado de nacimiento del o la menor. Si ninguno de ellos tuviera el cuidado personal, quien lo tenga podrá excusarse acreditándolo debidamente. 
  • Estar al cuidado de un adulto mayor en situación de dependencia o de una persona en situación de discapacidad en los mismos días en que funcionen las mesas receptoras, circunstancia que deberá ser acreditada a través de una declaración jurada notarial que deberá ser otorgada gratuitamente, mediante constancia en carabinero de Chile, o por un certificado en que conste la calidad de receptor del estipendio en el caso de cuidadores de personas con discapacidad. 

 

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